Nociones elementales sobre el procedimiento judicial chileno y su lenguaje particular - Grandes procesos. Mis alegatos - Libros y Revistas - VLEX 370608110

Nociones elementales sobre el procedimiento judicial chileno y su lenguaje particular

AutorEduardo Novoa Monreal
Páginas21-23
21
NOCIONES ELEMENTALES SOBRE EL
PROCEDIMIENTO JUDICIAL CHILENO
Y SU LENGUAJE PARTICULAR1
El procedimiento judicial chileno se desarrolla siempre por escrito. Excep-
cionalmente pueden producirse actuaciones orales (por ejemplo, alegatos
ante los tribunales superiores).
Los escrit os judiciales s e encabez an por una “suma” en la q ue se
resume en pocas pal abras su natura leza o la pet ición que se formul a al
tribun al.
A continuación de la suma se indica con iniciales el tribunal al cual va
dirigido el escrito. Así por ejemplo:
E.C. = Excelentísima Corte Suprema.
I.C. = Ilustrísima Corte de Apelaciones.
S.M.V. = Señor Ministro en Visita.
S.J.L. = Señor Juez de Letras.
S.J. del C. = Señor Juez del Crimen.
US: abreviación de Usía, síncopa de Usiría = Vuestra Señoría.
Sigue el “cuerpo” del escrito, el cual se inicia con el nombre de la persona
que lo suscribe, el de la persona a la cual ésta representa, el proceso al cual
1
En la primera edición de este libro el autor hace un breve preámbulo explicativo con
las nocione s elementales sobre el procedimiento penal chileno vigent e a la fecha e n que
la justicia conoció y decidi ó los casos que en él se presentan. A partir del año 2000 empezó
a regir en Chile un sistema de justicia penal muy distinto del anterior donde los delitos
son investigad os por un órgano autónom o, diverso del poder judi cial, llamado Ministerio
Público (integrado por Fiscales), r eservándose a los jueces (tribunales de garantía y del
juicio ora l) la decisión acerca de la existencia del delito, de la culpabilidad del hechor y
de la conde na. Las actuaciones d el proceso dejan de ser secretas al cons agrarse en forma
amplia el princi pio de conocimiento y publicid ad de ellas para todos los inter vinientes en
la investig ación y juicio y, para los terceros, el derecho a presenc iar las audiencias donde
se decide, de manera oral y contradictoria, sobre la restri cción o privación de la libertad
del acu sado y sobre la afirmaci ón de su responsabilidad o inocencia. Ya no se forma un
expediente o proceso foliado en forma correl ativa sino una carpeta de la i nvestigación o
del caso donde se deja un regi stro de las actuaciones de investigación y de decisión que
no necesaria mente deben consigna rse por escrito, p ues también pueden hacerse constar
mediante siste mas de registro audio-visu al.

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