Normativa migratoria - Núm. 18, Agosto 2018 - Serie Informe Justicia - Libros y Revistas - VLEX 736186705

Normativa migratoria

AutorJuan Francisco Cruz s.
CargoAbogado y egresado de Filosofía de la Pontificia Universidad Católica de Chile. Se integró al Observatorio Judicial en junio de 2017
Páginas7-8
Libertad y Desarrollo
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2.1 Decreto Ley 1094 y Decreto Supremo
El derecho vigente en materia de migración está conforma-
do por dos cuerpos normativos. Por un lado, encontramos
el Decreto Ley N° 1094 de 1975 (“Ley de Migración”), el cual
establece los principios y normas que regulan el ingreso y
permanencia de extranjeros en Chile5. Por otra parte, el De-
creto Supremo N° 597 de 1984 (“Reglamento de Inmigra-
ción”) regula los requisitos y procedimientos establecidos
en la Ley de Inmigración6.
En síntesis, dichas leyes regulan:
1) las autoridades competentes en materia de migración,
2) los tipos de visa que un extranjero puede solicitar para
residir en el país,
3) los requisitos y procedimientos para obtener las dis-
tintas especies de visa, y
4) las infracciones y sus respectivas sanciones. Para
efectos de la presente exposición sólo revisaremos
algunos aspectos de los puntos 1, 2 y 47.
2.2 Autoridades competentes en
materia migratoria
Los principales actores que gestionan la política migratoria
del país son tres: el Departamento de Extranjería y Migra-
ción (“DEM”), el Intendente Regional y la Policía de Investi-
gaciones (“PDI”).
El DEM depende del Ministerio del Interior8 y su función es
gestionar el otorgamiento y prórroga de visas, además de
conceder el permiso de residencia denitiva. Este organis-
mo ejerce sus potestades discrecionalmente (artículo 13°),
2. NORMATIVA MIGRATORIA
pudiendo, por ejemplo, entregar la visa de residencia tem-
poraria a quienes estime como útiles para el país (artículo
29°).
El Intendente Regional es el órgano encargado de resguar-
dar la normativa migratoria en las distintas regiones del
país. Por ejemplo, ante una infracción a la Ley de Migra-
ción, éste puede disponer la expulsión del extranjero.
Por último, la PDI controla el ingreso y salida de los extran-
jeros, además del cumplimiento de las obligaciones que la
normativa migratoria impone, por ejemplo, ingresar al país
por pasos habilitados.
2.3 Tipos de visa y el principio de visa
móvil o flexible
El artículo 4° de la Ley de Migración establece que los ex-
tranjeros podrán ingresar a Chile en calidad de 1) residen-
tes ociales, 2) residentes, 3) turistas e 4) inmigrantes. A
cada una de estas categorías le corresponde un tipo de
visa especíco9. Brevemente describimos cada una:
a. La visa para residentes ociales es aquella que se
otorga a los miembros de cuerpos diplomáticos, con-
sulares u organismos internacionales que vienen a
cumplir una misión al país.
b. La visa de residente posee varias categorías: “residen-
te sujeto a contrato”, “residente estudiante”, “residente
temporario” y “residente con asilo político”. El denomi-
Artículo 1° Ley de Migración: “El ingreso al país, la residencia, la permanencia
denitiva, el egreso, el reingreso, la expulsión y el control de los extranjeros se
regirán por el presente decreto ley”.
5
Artículo 2° Reglamento de Migración: “Todos los extranjeros que ingresen al
territorio nacional deberán cumplir los requisitos que señala este Reglamento
y para permanecer en él deberán observar sus exigencias, condiciones y
prohibiciones”.
6
Un desarrollo acabo de la normativa migratoria excede los límites de este
estudio.
7
Artículo 6° Ley de Inmigración: “El otorgamiento y prórroga de las
autorizaciones de turismo y de las visaciones a los extranjeros en Chile será
resuelto por el Ministerio del Interior…”.
8
Artículo 5° Ley de Migración: “Para los efectos de este decreto ley, visación es
el permiso otorgado por laautoridad competente, estampado en un pasaporte
válido y que autoriza a su portador para entrar al país y permanecer en él por
el tiempo que determine (énfasis agregado).
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