Normativa tributaria: ley de la inversion extranjera - Núm. 36, Junio 2016 - Manual ejecutivo tributario - Libros y Revistas - VLEX 703813285

Normativa tributaria: ley de la inversion extranjera

Páginas71-84
71
INGRESOS DIFERIDOS ART. 14 TER
E IMPUESTO SUSTITUTIVO SOBRE EL FUT
NORMATIVA TRIBUTARIA:
LEY DE LA INVERSION EXTRANJERA
LEY NÚM. 20.848, PUBLICADA EN EL DIARIO OFICIAL DE 25.06.2015.
ESTABLECE MARCO PARA LA INVERSIÓN EXTRANJERA DIRECTA EN CHILE
Y CREA LA INSTITUCIONALIDAD RESPECTIVA
Teniendo presente que el H. Congreso Nacional ha dado su aprobación al siguiente
Proyecto de ley:
TÍTULO PRELIMINAR
ÁMBITO DE APLICACIÓN
Artículo 1°.- Las disposiciones de esta ley serán aplicables a los inversionistas
extranjeros que efectúen inversiones conforme a las deniciones y requisitos que se
establecen en los artículos siguientes.
TÍTULO I
DEFINICIONES Y RÉGIMEN APLICABLE A LA INVERSIÓN EXTRANJERA
DIRECTA
Párrafo 1°
Deniciones
Artículo 2°.- Para efectos de lo dispuesto en el párrafo 2° de este Título, se entenderá
por inversión extranjera directa, la transferencia al país de capitales extranjeros o
activos de propiedad de un inversionista extranjero o controlado por éste, por un monto
igual o superior a cinco millones de dólares de los Estados Unidos de Norteamérica
o su equivalente en otras monedas, que se efectúe a través de moneda extranjera
de libre convertibilidad, bienes físicos en todas sus formas o estados, reinversión de
utilidades, capitalización de créditos, tecnología en sus diversas formas susceptible
de ser capitalizada, o créditos asociados a la inversión extranjera proveniente de
empresas relacionadas.
Asimismo, se considerará inversión extranjera directa aquella que, dentro de los
montos a que se reere el inciso anterior, se transera al país y se materialice a
través de la adquisición o participación respecto del patrimonio de la empresa o en
el capital de la sociedad receptora de la inversión, constituida en Chile conforme a la
ley chilena, en forma directa o indirecta, que le otorgue control de, al menos, el 10%
del derecho a voto de las acciones de la sociedad, o de un porcentaje equivalente
de participación en el capital social si no se tratare de una sociedad por acciones o
en el patrimonio de la empresa de que se trate.

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR