Algunas notas sobre el error judicial, el recurso de revisión, y la responsabilidad del Estado en materia penal. Comentario a dos sentencias de la EXCMA. Corte Suprema
Autor | He?ctor Mery Romero |
Páginas | 217-231 |
217
ALGUNAS NOTAS SOBRE EL
ERROR JUDICIAL, EL RECURSO DE
REVISIÓN Y LA RESPONSABILIDAD
DEL ESTADO EN MATERIA PENAL.
COMENTARIO A DOS SENTENCIAS
DE LA EXCMA. CORTE SUPREMA
HÉCTOR MERY ROMERO
RESUMEN: El texto analiza dos sentencias de la Corte Suprema sobre recurso
de revisión destinado a enmendar una resolución judicial equivocada en mate-
ria criminal, y la declaración sobre injusto procesamiento o condena, rara vez
pronunciada por el Máximo Tribunal, por haberse comprobado la concurren-
cia de un error injusti cado en su pronunciamiento. Sin perjuicio de constatar
que el recurso de revisión es un medio adecuado para hacer frente a equivoca-
ciones de esta magnitud, interesa destacar el nexo entre la libertad personal y
seguridad individual, el debido proceso y la disposición del artículo 19 número
7 letra i). El error en el ejercicio de la potestad punitiva del Estado en contra
de una persona que sufre, por ello, la máxima privación de sus derechos y
libertades, debe permitir su pronta y e caz corrección. La Corte Suprema deci-
dió acudir a los argumentos de la hermenéutica constitucional, desechando así
las herramientas clásicas, para decidir con justicia una materia en que las deci-
siones en favor de la libertad no han sido abundantes.
SUMARIO: I. Introducción. II. Recurso de revisión de Claudio Alexis Jiménez
Castro, sentencia de la Corte Suprema del 13 de abril de 2011, Rol Nº 1.558-11.
III. Solicitud de declaración de sentencia mani estamente errónea en favor de
María Soledad Yáñez Pavez, sentencia de la Corte Suprema del 11 de agosto de
2011, Rol Nº 5411-10. IV. El error judicial injusti cado en las sentencias conde-
natorias ante la Constitución
I. INTRODUCCIÓN
El error que conduce a dictar una sentencia condenatorias en ma-
teria penal puede ser enfrentado de diversos modos. Nos interesa
abordarlo desde la perspectiva de la invalidación de sentencias r-
mes y, seguidamente, desde la responsabilidad que el Estado debe
enfrentar bajo ciertas condiciones que contempla la Constitución.
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