Nueva codificación de las actividades económicas - Núm. 63, Septiembre 2018 - Manual ejecutivo tributario - Libros y Revistas - VLEX 794898425

Nueva codificación de las actividades económicas

Páginas99-176
99
RUT, INICIO DE ACTIVIDADES Y NUEVOS
CODIGOS DE ACTIVIDAD ECONOMICA
IV.- NUEVA CODIFICACION DE LAS ACTIVIDADES ECONOMICAS
El Director Nacional del SII, COMUNICA mediante Resolución N° Ex. 56, de 09 de
julio de 2018, la nueva codicación de las actividades económicas, homologando de
forma directa con las actividades del Clasicador Chileno de Actividades Económicas,
CIIU4.CL 2012, conforme a lo indicado en el Anexo de esta Resolución que incluye
en el punto N° 1 siguiente.
1.- RESOLUCION N° EX- 56, DE 09.07.2018.
COMUNICA NUEVA CODIFICACIÓN DE LAS ACTIVIDADES ECONÓMICAS
Hoy se ha resuelto lo siguiente: VISTOS: Lo dispuesto en el artículo 6°, Letra A),
N° 1, del Código Tributario, contenido en el artículo 1° del D.L. N° 830, de 1974; y en
el artículo 7° letra b) de la Ley Orgánica del Servicio de Impuestos Internos, contenida
en el artículo 1° del D.F.L. N° 7, del Ministerio de Hacienda, de 1980; y el Decreto
N° 187, del Ministerio de Economía, Fomento y Turismo, publicado el 21.11.2014; y
CONSIDERANDO:
1° Que el Artículo primero del Decreto N°187, de 2014, del Ministerio de Economía,
Fomento y Turismo establece la aprobación del documento “Clasicador Chileno de
Actividades Económicas, CIIU4 2012”.
2° Que el Artículo segundo de este Decreto N° 187, dispone que los ministerios,
servicios, instituciones y empresas dependientes o relacionadas con el Estado,
deberán utilizar el clasicador aprobado por este decreto, en todas las actividades de
clasicación de actividades económicas que realicen en relación a cualquier actividad
de recopilación de datos que se utilice, o pueda utilizarse, para nes estadísticos, en
lo que no se oponga a la legislación o reglamentación vigente.
3° Que, para dar cumplimiento a lo anterior, este Servicio en conjunto con el Instituto
Nacional de Estadísticas, denieron la correspondencia y homologación directa de
cada actividad económica actual con la del nuevo clasicador, lo que se detalla en
el Anexo de esta Resolución.
4° Que, según lo anterior, el Servicio dictará la presente Resolución y tomará las
medidas y cambios necesarios en sus sistemas y bases de datos para utilizar la
codicación de dicho clasicador.
SE RESUELVE:
1° COMUNICA la nueva codicación de las actividades económicas, homologando de
forma directa con las actividades del Clasicador Chileno de Actividades Económicas,
CIIU4.CL 2012, conforme al Anexo que se adjunta y que forma parte integrante de
la presente Resolución.
100
MANUAL EJECUTIVO TRIBUTARIO
2° La Homologación de las actuales Actividades del Servicio con las del nuevo
clasicador será publicada en la página web del SII (www.sii.cl).
3° La presente Resolución entrará en vigencia a partir del 1° de Noviembre del año
en curso.
ANÓTESE Y COMUNÍQUESE.
(Fdo.) FERNANDO BARRAZA LUENGO,
DIRECTOR
- ANEXO:
HOMOLOGACIÓN DE ACTIVIDADES ECONÓMICAS CON EL CIIU4.CL 2012
101
RUT, INICIO DE ACTIVIDADES Y NUEVOS
CODIGOS DE ACTIVIDAD ECONOMICA
Código
Actual SII Glosa Actual SII
Nuevo
Código
CIIU4
Glosa Nueva CIIU4 Tipo
Traspaso (*)
011111 Cultivo de trigo 011101 Cultivo de trigo T. D.
011112 Cultivo de maíz 011102 Cultivo de maíz T. D.
011113 Cultivo de avena 011103 Cultivo de avena T. D.
011114 Cultivo de arroz 011200 Cultivo de arroz T. D.
011115 Cultivo de cebada 011104 Cultivo de cebada T. D.
011119 Cultivo de otros
cereales 011105 Cultivo de otros cereales (excepto trigo,
maíz, avena y cebada) T. D.
011121 Cultivo forrajeros en
praderas naturales 011902
Cultivos forrajeros en praderas mejoradas
o sembradas; cultivos suplementarios
forrajeros
T. D.
011122
Cultivo forrajeros en
praderas mejoradas o
sembradas
011902
Cultivos forrajeros en praderas mejoradas
o sembradas; cultivos suplementarios
forrajeros
T. D.
011131 Cultivo de porotos o
frijol 011106 Cultivo de porotos T. D.
011132 Cultivo, producción de
lupino 011107 Cultivo de lupino T. D.
011139 Cultivo de otras
legumbres 011108 Cultivo de otras legumbres (excepto
porotos y lupino) T. D.
011141 Cultivo de papas 011301 Cultivo de papas T. D.
011142 Cultivo de camotes o
batatas 011302 Cultivo de camotes T. D.
011149 Cultivo de otros
tubérculos n.c.p 011303 Cultivo de otros tubérculos (excepto papas
y camotes) T. D.
011151 Cultivo de raps 011109 Cultivo de semillas de raps T. D.
011152 Cultivo de maravilla 011110 Cultivo de semillas de maravilla (girasol) T. D.
011159 Cultivo de otras
oleaginosas n.c.p. 012600 Cultivo de frutos oleaginosos (incluye el
cultivo de aceitunas) T. D.
011159 Cultivo de otras
oleaginosas n.c.p. 011111
Cultivo de semillas de cereales, legumbres
y oleaginosas (excepto semillas de raps y
maravilla)
011160
Producción
de semillas de
cereales, legumbres,
oleaginosas
011111
Cultivo de semillas de cereales, legumbres
y oleaginosas (excepto semillas de raps y
maravilla)
T. D.
011191 Cultivo de remolacha 011304 Cultivo de remolacha azucarera T. D.
ANEXO
HOMOLOGACION DE ACTIVIDADES ECONOMICAS
* T.D.= Traspaso Directo

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR