Los nuevos órdenes de sucesión abintestato. El derecho de representación. La situación del adoptado
Autor | Hernán Corral Talciani |
Páginas | 33-48 |
H C o r r a l Ta l c ia n i
Doctor en Derecho
Profeso r de D erecho Civil
Universidad de los And es
I. C
u e s t io n e s
g e n er a l e s
s o br e
l o s
d e
1. CON CEPTO
falta de testam ento, y en la qu e la ley suple la ausen cia de disposi-
ha ce es llama r a aquellas person as que presum iblement e hubi ere
llama do el causante si hubier a h echo tes tamento, es deci r, aquellas
nos p arece imprecisa p or dos motivos: al habla rse de parie ntes se
33
nos qu e se cons idere tal al Fisco.
que ex cluyen a u n gr upo distinto y que a su vez pue den se r
en la ley.
Algunos de los integr antes dan el nomb re al orden . Son las
pers onas qu e lo fijan. Los otro s son los asignatario s concu rrentes.
parie ntes q ue fija n el ord en e im piden q ue se pa se al sig uiente
si el causan te es hijo matrimo nial o no matrimonial. No hay distin-
de suced er (causal espe cial de indignidad) (art. 994.2 CC). La ley lo
matrim oniales. En todo caso, el hijo no matrimonial pue de r estable -
cer al padr e afecta do en sus d erechos , y este acto de res tableci -
mien to pu ede constar en su te stamento (art. 203 CC).
Por otra parte, el prin cipio de ig ualdad de dere chos entr e las
la causa l d e in dignidad de atent ado contra la vida, hon or o bienes
34
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba