Olasolo, Héctor; Canosa, Jannluck. 'La responsabilidad del Superior en el Acuerdo de Paz en Colombia a la luz del Derecho Internacional / Superior Responsibility in the Colombian Peace Agreement in light of International Law - Núm. 25, Julio 2018 - Política Criminal - Libros y Revistas - VLEX 741607713

Olasolo, Héctor; Canosa, Jannluck. 'La responsabilidad del Superior en el Acuerdo de Paz en Colombia a la luz del Derecho Internacional / Superior Responsibility in the Colombian Peace Agreement in light of International Law

AutorHéctor Olasolo - Jannluck Canosa Cantor
CargoUniversidad del Rosario (Colombia) - Universidad del Rosario (Colombia)
Páginas445-500

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OLASOLO, Héctor; CANOSA, Jannluck. “La Responsabilidad del Superior en el Acuerdo de Paz en Colombia a la luz del Derecho Internacional”.

Polít. crim. Vol. 13, Nº 25 (Julio 2018) Art. 12, pp. 444-500.
[http://www.politicacriminal.cl/Vol_13/n_25/Vol13N25A12.pdf]

La Responsabilidad del Superior en el Acuerdo de Paz en Colombia a la luz del Derecho Internacional

Superior Responsibility in the Colombian Peace Agreement in light of International Law

Héctor Olasolo••

Universidad del Rosario (Colombia) hectorolasolo@gmail.com

Jannluck Canosa Cantor•••

Universidad del Rosario (Colombia) Canosa.jannluck@gmail.com

Resumen

El presente trabajo compara la regulación de la Responsabilidad de los Superiores Jerárquicos en el Derecho Internacional, en particular en el Derecho Internacional Penal y Humanitario, y su tratamiento en el Derecho colombiano, con particular atención al Acuerdo de Paz entre el Gobierno de Colombia y las FARC y al Acto Legislativo 01/2017.

• El presente trabajo hace parte de los siguientes proyectos de investigación: (i) La función de los órganos judiciales y arbitrales internacionales en la ejecución de un eventual acuerdo de paz en Colombia fruto de la renegociación resultante del Referéndum del 2 de octubre de 2016; y (ii) Principios de armonización entre la función y alcance de la justicia y las demandas surgidas en los procesos políticos de transición. Ambos proyectos se encuentran adscritos a la línea de investigación Crítica al derecho internacional desde fundamentos filosóficos, del Grupo de Investigación de Derecho Internacional de la Facultad de Jurisprudencia de la Universidad del Rosario, Bogotá, Colombia. Los proyectos son financiados por la Dirección de Investigación e Innovación de la Universidad del Rosario y su Facultad de Jurisprudencia.

• Licenciado y doctor en Derecho por la Universidad de Salamanca (España); Maestría en Derecho por la Universidad de Columbia (EE.UU). El Prof. Olasolo Alonso es actualmente catedrático de Derecho internacional en la Universidad del Rosario (Colombia), donde dirige su Clínica Jurídica Internacional y el Anuario Iberoamericano de Derecho Internacional Penal (ANIDIP). Es profesor ad hoc de la Universidad de La Haya para las Ciencias Aplicadas (Holanda) y preside desde 2011 el Instituto Iberoamericano de la Haya para la Paz, los Derechos Humanos y la Justicia Internacional (Holanda). El Prof. Olasolo Alonso se ha desempeñado también como catedrático de Derecho Internacional Penal en la Universidad de Utrecht (Holanda, 2010-2012), magistrado auxiliar de la Corte Penal Internacional (2004-2010), miembro de la Fiscalía del Tribunal Internacional Penal para la ex Yugoslavia (2002-2004 y asesor jurídico de la delegación española en la Comisión Preparatoria de la Corte Penal Internacional (1999-2002). Ha sido también asesor externo del Tribunal Especial para el Líbano, miembro del Roster de Juristas de Reconocido Prestigio de la Organización de las Naciones Unidas para el Nombramiento de Magistrados Internacionales en las Salas Especiales de los Tribunales de Camboya, perito ante la Corte Inter-Americana de Derechos Humanos.

• Abogado de la Universidad del Rosario (Colombia). En la actualidad es Joven Investigador de la Facultad de Jurisprudencia de la Universidad del Rosario.

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Polít. crim. Vol. 13, Nº 25 (Julio 2018) Art. 12, pp. 444-500. [http://www.politicacriminal.cl/Vol_13/n_25/Vol13N25A12.pdf]

Esta comparación permite identificar toda una serie de diferencias, que son especialmente significativas en lo que se refiere a su aplicación a los agentes del Estado, y que generan espacios de impunidad con respecto a los superiores militares y civiles que incumplen sus obligaciones de prevenir, reprimir o someter a la autoridad competente los crímenes internacionales por los que son responsables sus subordinados. Ante esta situación, se presentan un conjunto de propuestas relativas a las fuentes normativas, el ámbito de aplicación y los elementos de la Responsabilidad del Superior, que se dirigen a reducir estos espacios de impunidad, en el entendido de que, de no abordarse adecuadamente los problemas identificados, corresponderá a la Fiscalía de la Corte Penal Internacional determinar si procede a la apertura de una investigación sobre la situación en Colombia, cuyo fin sería adelantar actuaciones penales contra aquellos agentes estatales que sean considerados “máximos responsables” de crímenes de la jurisdicción material de la CPI, y en particular de aquellas ejecuciones extrajudiciales denominadas “falsos positivos”.

Palabras clave: Derecho Internacional Penal, Corte Penal Internacional, Jurisdicción Especial para la Paz, Responsabilidad del Superior, Acuerdo de Paz en Colombia, FARC, Falsos Positivos.

Abstract

This article compares the regulation of Superior Responsibility in International Law and its treatment under Colombian Law, with particular attention to the Peace Agreement between the Colombian Government and the FARC, and Legislative Act 01/2017, which implements the Peace Agreement. This comparison shows a whole series of differences, which are especially significant for the application of Superior Responsibility to State agents. They are likely to generate significant impunity gaps for military and civilian superiors, who failed to comply with their obligations to prevent, suppress or submit to the competent authority the international crimes for which their subordinates are responsible. In light of this situation, a set of proposals regarding the normative sources, the scope of application and the elements of Superior Responsibility are put forward. They aim at reducing the impunity gaps, in the understanding that, if the problems identified are not properly addressed, the Prosecutor of the International Criminal Court will have to decide whether to open an investigation into the situation in Colombia to investigate and prosecute the most responsible State agents for ICC crimes (in particular, for those extrajudicial killings referred to as “false positives”).

Keywords: International Criminal Law, International Criminal Court, Special Jurisdiction for Peace, Superior Responsibility, Peace Agreement in Colombia, FARC, False Positives.

1. Introducción.

El 24 de noviembre de 2016 se firmó en el Teatro Colon de Bogotá el Acuerdo Final para la Terminación del Conflicto y la Construcción de una Paz Estable y Duradera (Acuerdo) entre el Gobierno de Colombia y el grupo armado conocido como Fuerzas Armadas

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OLASOLO, Héctor; CANOSA, Jannluck. “La Responsabilidad del Superior en el Acuerdo de Paz en Colombia a la luz del Derecho Internacional”.

Revolucionarias de Colombia – Ejército del Pueblo (FARC-EP).1Con este acto, en el cual se presentó un texto actualizado con varias correcciones al texto inicialmente firmado por las partes el 26 de septiembre del mismo año (Versión Inicial del Acuerdo), que había sido rechazado por un 50.2% de los votantes en el referendo del 2 de octubre de 2016,2se cerró la etapa de negociación que buscaba poner fin al conflicto armado entre el Gobierno de Colombia y las FARC-EP.

El Acuerdo creó el llamado “Sistema Integral de Verdad, Justicia, Reparación y No Repetición”, que establece, entre otras instituciones, la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP), entidad encargada de satisfacer el derecho de las víctimas a la justicia.3La JEP tiene por objeto, por un lado, esclarecer y sancionar las conductas constitutivas de graves violaciones al Derechos Internacional de los Derechos Humanos (DIDH) o al Derecho Internacional Humanitario (DIH) cometidas “con ocasión, o en relación directa o indirecta con el conflicto armado”; y, por otro lado, decidir sobre la concesión de admitías, indultos y otros beneficios recogidos en el Acuerdo.4

El Acuerdo5prevé también un trato “diferencial y equitativo” para los agentes del Estado, incluidos los miembros de las fuerzas armadas y de la policía de Colombia (Fuerza Pública), que se ha tratado de justificar sobre la base de que sus acciones “[…] se presumen legales. Por consiguiente, no se pueden equiparar con las de la guerrilla”.6

Sin embargo, su incorporación al Acuerdo y al Acto Legislativo 01/2017 a través del cual se implementa normativamente el Acuerdo en Colombia,7se debe en última instancia a que militares y policías han participado en numerosas infracciones del DIDH y el DIH. Como señala el Centro de Memoria Histórica, las violaciones de derechos y ataques contra la población civil realizadas directamente por miembros de la Fuerza Pública en el marco del conflicto armado se aproximan al 17% del total de los crímenes cometidos.8Todo ello sin

1GOBIERNO DE COLOMBIA Y FARC-EP, Acuerdo Final para la Terminación del Conflicto de una Paz Estable y Duradera, firmado el 24 de noviembre de 2016. Disponible en: https://www.mesadeconversaciones.com.co/sites/default/files/acuerdo-final-1473286288.pdf [fecha de consulta 23/07/2017].

2Colombia: ganó el “NO” en el plebiscito por los acuerdos de paz con las FARC [en línea]. BBC Mundo. 2 de octubre de 2016. [Fecha de consulta: 23 de julio de 2017]. Disponible en http://www.bbc.com/mundo/noticias-america-latina-37537187 .

3GOBIERNO DE COLOMBIA Y FARC-EP, Acuerdo de 24 de noviembre de 2016, cit. nota n° 1, pp. 143.

4GOBIERNO DE COLOMBIA Y FARC-EP, Acuerdo de 24 de noviembre de 2016, cit. nota n° 1, pp. 145. Sobre la relación entre el Acuerdo y la lucha contra la impunidad ver: LOYO, Joana, “La justicia transicional en Colombia: ¿Un instrumento creado para erradicar la impunidad?” Anuario Iberoamericano de Derecho Internacional Penal, Vol. 5, (2017), pp. 32-61,p. 40 et seq.

5GOBIERNO DE COLOMBIA Y FARC-EP, Acuerdo de 24 de noviembre de 2016, cit. nota n° 1, pp. 149.

6GOBIERNO DE COLOMBIA, Aplicación de la Jurisdicción Especial para la Paz a los agentes del Estado. 19 de diciembre de 2015. Disponible...

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