Operaciones no Gravadas - Núm. 58, Abril 2018 - Manual ejecutivo tributario - Libros y Revistas - VLEX 707200125

Operaciones no Gravadas

Páginas68-75
68
MANUAL EJECUTIVO TRIBUTARIO
devolución)y,además tributacon elImpuestoAdicional alas bebidasalcohólicas
contasaactualde20,5%,aplicadasobrelamismabaseimponible.
Deacuerdoconlodispuestoporelincisoprimerodelartículo42ºdelaley,elImpuesto
Adicionalcontasadiferenciada segúnelproductode quesetrate,se debeaplicar
sobre la misma base imponible del Impuesto al Valor Agregado.
25.- OFICIO Nº 4731, DE 06.09.1977.
LA PRIMERA VENTA O IMPORTACION, HABITUAL O NO, DE JARABES, JUGOS
DE FRUTAS Y OTROS CONCENTRADOS FABRICADOS POR UNA INDUSTRIA
DEL RAMO, CUANDO TALES PRODUCTOS CONTENGAN INGREDIENTES
EN ESTADO LIQUIDO, EMBOTELLADOS O ENVASADOS, ESTA AFECTA AL
IMPUESTO ADICIONAL
Laprimera ventao importación,habitual ono, dejarabes, jugosde frutasyotros
concentrados fabricados por una industria del ramo, cuando tales productos contengan
ingredientesenestadolíquido,embotelladosoenvasados,estáafectaalImpuesto
Adicional a las Ventas, sin perjuicio del Impuesto al Valor Agregado.
En consecuencia, las ventas posteriores de los mencionados productos que se
efectúenenfuentesdesodauotrosestablecimientossemejantesnoseencuentran
gravadasconelImpuestoAdicionalalasVentas,yaquedichotributoafectasóloa
la primera venta o importación de esas especies.
C.- OPERACIONES NO GRAVADAS.-
1.- Ventas realizadas por el comerciante minorista al consumidor.(Incisonal
delartículo43delaLeydelIVA;CircularNº72,de30.07.1979).
2.- Ventas de vino a granel efectuadas por productores a otros vendedores
sujetos de este impuesto. El impuesto adicional no afecta a las ventas a granel
efectuadas por el productor a otros vendedores sujetos de este mismo tributo,
como asimismo, a las transacciones sobre el señalado producto celebradas entre
productores.
Lasdemásoperacionessobrevinosagranelefectuadasporsujetosentresíqueno
tenganlacalidaddeproductores,se encuentranafectasaestetributo.(Incisonal
delartículo43delaLeydelIVA;CircularNº72,de30.07.1979,yCircularNº94,de
15.10.1979).
3.- No procede que una empresa, constituida como sociedad anónima sea
considerada como centro vitivinícola, encontrándose gravadas con el impuesto
adicionalestablecidoenelartículo42°,letrac),delD.L.N°825,entodaslasventas
de vino a granel que realice.
1.-SeharecibidoenestaDirecciónNacionalsuociodelantecedente,medianteel
cual solicita un pronunciamiento de esta Superioridad respecto de si una empresa,
constituidacomosociedadanónima,puedeconsiderarsecomo“centrovitivinícola”,

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