Organización sindical; cuota sindical; obligación del empleador de enterar los montos descontados; organización sin cuenta corriente o de ahorro; pago por consignación; Ord. N°2789 - Núm. 37, Julio 2016 - Manual ejecutivo laboral - Libros y Revistas - VLEX 704216449

Organización sindical; cuota sindical; obligación del empleador de enterar los montos descontados; organización sin cuenta corriente o de ahorro; pago por consignación; Ord. N°2789

Páginas100-104
100
Manual EjEcutivo La bor aL
Agrícola Purutun Ltda., no ha pagado graticación legal a sus trabajadores, indepen-
diente de la calidad jurídica con las que se encuentren contratados, por carecer de
utilidades líquidas, durante los años comerciales 2013 y 2014.
Sin más que agregar.
Saluda a Ud.,
JOSÉ FRANCISCO CASTRO CASTRO
ABOGADO
JEFE DEPARTAMENTO JURÍDICO
DIRECCIÓN DEL TRABAJO
9.- ORGANIZACIÓN SINDICAL; CUOTA SINDICAL; OBLIGACIÓN DEL EMPLEA-
DOR DE ENTERAR LOS MONTOS DESCONTADOS; ORGANIZACIÓN SIN CUENTA
CORRIENTE O DE AHORRO; PAGO POR CONSIGNACIÓN; ORD. N°2789
1) Dentro del ámbito de sus obligaciones y en su calidad de administrador del patrimo-
nio sindical, al directorio de un sindicato que alia a cincuenta o más trabajadores, le
corresponde proporcionar al empleador el número de la cuenta corriente o de ahorro
abierta a nombre de la organización que representa, con el objeto de que aquel pueda
cumplir con la obligación prevista en el artículo 262 del Código del Trabajo, de efec-
tuar los depósitos de los montos que por concepto de cotizaciones sindicales debe
descontar de las remuneraciones de los trabajadores respectivos. 2) El empleador a
quien el sindicato no le hubiere proporcionado los antecedentes relativos a la cuenta
corriente o de ahorro en comento se encuentra facultado para recurrir al pago por
consignación, en los términos previstos en los artículos 1598 y siguientes del Código
Civil, poniendo, de esta forma, los montos correspondientes a los descuentos en
referencia a disposición de dicha organización sindical acreedora.
25-may-2016
DEPARTAMENTO JURÍDICO
Se requiere un pronunciamiento de esta Dirección respecto del procedimiento que debe
adoptar su representada para hacer ingresar al patrimonio del Sindicato de Empresa
Agrícola Brown S.A. los montos correspondientes a la cuota ordinaria mensual que
descuenta mensualmente de las remuneraciones de los trabajadores respectivos,
a requerimiento de dicha organización, en conformidad a lo dispuesto en el artículo
Lo anterior, en atención a que la referida organización sindical, constituida en el mes
de diciembre de 2015, cuenta con más de cincuenta socios y, por tanto, con arreglo
a la norma del artículo 263 del citado cuerpo legal, el empleador debe depositar las
sumas correspondientes a los descuentos de que se trata en la cuenta corriente o
de ahorro de dicho sindicato, abierta a su nombre en un banco; sin embargo, hasta

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR