El originalismo de intenciones originales: tres tesis y dos objeciones - Núm. 22-2, Julio 2015 - Revista de Derecho Universidad Católica del Norte - Libros y Revistas - VLEX 657059389

El originalismo de intenciones originales: tres tesis y dos objeciones

AutorLuciano Laise
CargoAbogado, Universidad de Buenos Aires, Argentina
Páginas199-220
199
R  D U C  N - A 22 Nº 2 (2015)
Revista de Derecho
Universidad Católica del Norte
Sección: Estudios
Año 22 - Nº 2, 2015
pp. 199-220
* Este trabajo se enmarca en un proyecto de investigación titulado: “Causas y límites de la
discrecionalidad judicial”,  nanciado por la Agencia Nacional de Promoción Cientí ca y
Tecnológica (PICT-2013-3199) y también recibió el apoyo de un proyecto de investigación
nanciado por la Universidad Austral. Versiones previas del presente artículo fueron some-
tidas a discusión en el I Congreso Iberoamericano de Filosofía del Derecho (Buenos Aires,
2014) y en un seminario organizado por la Universidad Austral (Pilar, 2014). Agradezco al
Prof. Manuel García-Mansilla y a la Prof. Pilar Zambrano, ambos pertenecientes a la Facul-
tad de Derecho de la Universidad Austral (Argentina), por haberme brindado muchas ideas
y sugerencias que enriquecieron signi cativamente a una primera versión de este trabajo.
También doy gracias a uno de los evaluadores anónimos por haberme sugerido una serie de
observaciones que mejoraron la calidad  nal de este artículo. Todas las imperfecciones rema-
nentes van exclusivamente por mi cuenta.
** Abogado, Universidad de Buenos Aires (A). Becario interno de posgrado nivel II
CONICET, con lugar de trabajo en la Facultad de Derecho de la Universidad Austral (A-
). Correo electrónico: llaise@ius.austral.edu.ar
EL ORIGINALISMO DE INTENCIONES ORIGINALES: TRES TESIS
Y DOS OBJECIONES*
LUCIANO LAISE**
RESUMEN: en este trabajo me propongo abordar la teoría que se
dio en llamar: “originalismo de intenciones originales”, es decir, la teoría
contemporánea de la interpretación constitucional que mantiene el signi-
cado de las normas constitucionales remite a lo que los constituyentes
pretendieron signi car públicamente. La presente monografía se estruc-
turará con una primera parte en la cual se enunciarán tres aseveraciones
sintéticas sobre las directivas interpretativas y los principales presupuestos
semánticos de la mencionada teoría originalista. Posteriormente, se efec-
tuará una segunda parte en la cual se esbozarán los lineamientos generales
de dos posibles objeciones a la citada teoría de la interpretación constitu-
cional.
PALABRAS CLAVE: Intenciones originales - originalismo - interpreta-
ción constitucional - discrecionalidad judicial - regreso al in nito.
ORIGINAL INTENT ORIGINALISM: THREE THESES
AND TWO OBJECTIONS
ABSTRACT: is article is intended to o er an approach to the origi-
nal intent originalism, which alludes to the contemporary theory of con-
stitutional interpretation, that holds that the meaning of constitutional
200
Luciano Laise
R  D U C  N - A 22 Nº 2 (2015)
clauses refers to the intent of the framers. More speci cally, this paper is
structured in two sections; the  rst one describes the main interpretative
directives and the semantic presuppositions of the original intent origi-
nalism, and the second one outlines two objections to the latter theory of
constitutional interpretation.
KEYWORDS: Original intent - originalism - constitutional interpreta-
tion - judicial discretion - in nite regress
INTRODUCCIÓN
En los últimos veinticinco años el originalismo se ha vuelto uno de
los temas centrales de la teoría constitucional contemporánea en el ám-
bito estadounidense1. Se podría a rmar que los más recientes avances
teóricos del originalismo han superado de nitivamente las fronteras del
ámbito académico en el célebre caso “District of Columbia v. Heller”
(2008) de la Corte Suprema de Justicia de los Estados Unidos de Améri-
ca2. Sin embargo, cabe poner de relieve que el originalismo no con gura
una aproximación teórica homogénea sino una “familia de teorías” sobre
la interpretación constitucional3. Con otras palabras, no hay un solo ori-
ginalismo sino varios.
No obstante, la mayor parte de los autores que de enden alguna
variante del originalismo suelen respaldar, implícita o explícitamente, la
sistematización de la tradición originalista que ha formulado Lawrence
Solum. Este último autor mantiene que existen dos a rmaciones centrales
en las cuales convergen todos –o al menos casi todos– los autores que se
autodenominan “originalistas”: 1) la tesis de la  jación que mantiene que
el contenido semántico de cualquier disposición constitucional fue  jado
al momento en que el texto constitucional fue aprobado o rati cado; sal-
1 S, Lawrence B. (2011). “What is Originalism?:  e Evolution of Contemporary Ori-
ginalist  eory”, Grant Huscroft and Bradley W. Miller (ed.), en e Challenge of Origina-
lism:  eories of Constitutional Interpretation, New York: Cambridge University Press, pp.
12-41, p. 12.
2 En junio de 2008, en el caso “Heller V. District of Columbia”, la Corte Suprema de los
Estados Unidos declaró la inconstitucionalidad de una ley del Distrito de Columbia que
prohibía la posesión de armas de fuego en el hogar, bajo el argumento de que esa regulación
legal era contraria a la segunda enmienda de la Constitución. En este último caso, el juez
Scalia, uno de los máximos referentes del “nuevo originalismo”, fue quien lideró el voto de
la mayoría. La citada sentencia constituyó uno de los ejemplos paradigmáticos de la aplica-
ción del método interpretativo que propone el “nuevo originalismo”. “District of Columbia
v. Heller”: (2008) 554 U.S. 570.
3 S, Lawrence B. (2008). “Semantic Originalism”. Illinois Public Law and Legal  eory
Research Papers, Series No. 07-24. 176 pp. Disponible en: http://papers.ssrn.com/sol3/pa-
pers.cfm?abstract_id=1120244 [fecha de visita: 02 de octubre de 2014] pp. 2-6.

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