La participación ciudadana en el proceso de aprobación del Tratado de Lisboa - Núm. 3, Enero 2009 - Revista de Derechos Fundamentales - Libros y Revistas - VLEX 336723954

La participación ciudadana en el proceso de aprobación del Tratado de Lisboa

AutorSoto Barrientos, Francisco
CargoAbogado, Magíster y candidato a Doctor en Derecho Constitucional, Universidad de Barcelona.
Páginas157-174
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Nomos - UNIVERSIDAD DE VIÑA DEL MAR - Nº 3 (2009), pp. 157-174
FRANCISCO SOTO BARRIENTOS / La participación ciudadana en el proceso de aprobación…
RESUMEN
Nomos - UNIVERSIDAD DE VIÑA DEL MAR - Nº 3 (2009), pp. 157-174
ABSTRACT
LA PARTICIPACIÓN
CIUDADANA EN EL PROCESO
DE APROBACIÓN DEL
TRATADO DE LISBOA
FRANCISCO SOTO BARRIENTOS*
El presente artículo analiza la relación que ha existido entre los procesos de integración de
la Unión Europea y la ciudadanía, desde los acuerdos para la libre circulación de personas
hasta la aprobación de una Constitución para Europa. A medida que se produce esta integra-
ción, se ha querido establecer un sistema de participación ciudadana, mecanismos que se
proponen en el Tratado de Lisboa, para lograr coherencia y transparencia en las acciones de
la Unión Europea.
Palabras clave. Derechos políticos, participación, Constitución europea.
This article analyses the relation between the integration process of the European Union and
its citizens, beginning in the agreements of free circulation of the population up to the
approval of an European Constitution. In the progress of this integration, there has been
attempts in order to establish the citizen participation. This mechanisms are considered in
the Lisbon Treaty, in order to accomplish coherence and transparency in the European Union
actions.
Key words: Political rights, participation, European Constitution.
Los países que integran la Unión Europea (en adelante UE) han desarro-
llado, a partir de la fórmula de tratados internacionales, una serie de acuer-
dos que van más allá de la delegación de competencias específicas. De esta
manera se ha avanzado en un proceso inédito de integración funcional, que
se viene implementando desde la creación de la Comunidad Europea del
Carbón y el Acero (en adelante CECA), en abril de 1951, y la posterior
conformación de la Comunidad Económica Europea (en adelante CEE), en
marzo de 1957.
Es a mediado del siglo XX cuando se empieza evidenciar una tendencia
al desbordamiento de competencias por parte de la UE. Las primeras defini-
ciones se referían a derechos de tipo económico, como la libre circulación
de personas, mercancías, servicios y capitales. Dicho fenómeno se incre-
*Abogado, Magíster y candidato a Doctor en Derecho Constitucional, Universidad de Barcelona.
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menta en los sucesivos acuerdos de la UE, hasta llegar al Tratado por el cual
se establece una constitución para Europa (en adelante TCE), que reconoce
derechos civiles y políticos para los ciudadanos europeos y una serie de
instrumentos novedosos de participación, como la iniciativa legislativa po-
pular, entre otras materias1.
Así, los tratados elaborados por la UE van perdiendo el carácter de
acuerdos específicos, transformándose en definiciones de tipo general que
progresivamente inciden de manera directa en la vida de los ciudadanos.
Todo esto sin que el proceso de toma de decisiones deje de mantener su
original estructura de acuerdos entre Estados. Los propios ordenamientos
nacionales, que establecen regulaciones referidas a su participación en la
UE, van situando dichas regulaciones en un rango constitucional, como lo
sugiere la nutrida jurisprudencia de los propios tribunales constitucionales
nacionales y del Tribunal Europeo (en adelante TE)2.
La regulación comunitaria, y en particular el TCE, van asumiendo el
objetivo que se le asigna tradicionalmente a una carta fundamental: resguar-
dar los derechos ciudadanos a través de la limitación del poder. No obstan-
te, como nos aclara ALBERTÍ, esta tarea se realiza de manera algo distinta en
los Estados nacionales. De aquí la particularidad que reviste este proceso
constitucional comunitario3.
Para Peter HÄBERLE, este fenómeno es muestra de la evolución del cons-
titucionalismo al interior de los Estados nacionales. El progresivo avance
hacia normas generales que regulan ámbitos de competencia supranaciona-
les es un proceso que se viene dando no solo a través de tratados internacio-
nales, sino también se expresa en los diversos niveles normativos internos4.
Esta plataforma continental, según Jürgen HABERMAS, se encuentra res-
tringida y agotada en una dimensión puramente económica. El proceso de
conformación del mercado común y la moneda única no sería suficiente, ya
que de la misma manera que los sistemas institucionales nacionales, el pro-
ceso de conformación de la UE está siendo demandado por orientaciones y
valores en los diversos ámbitos. La conformación de una constitución conti-
1JIMENA QUESADA, Luis, “La participación ciudadana en la Constitución Europea”, en: BOU
FRANCH, Valentín y CERVERA VALLTERRA, María (coords.), Estudios sobre la constitución
europea, Valencia, Tirant lo Blanch, 2006, pp. 181-201.
2ARCOS VARGAS, Maricruz, “El proceso constituyente, propuestas y actores”, en: GÓMEZ CO-
RONA, Esperanza, GUTIÉRREZ VEGA, Pablo y LEÑEROS BOHÓRQUEZ, Rosario (coords.), Una
constitución para la ciudadanía de Europa. Aranzadi, Navarra, 2004, pp. 69-79.
3ALBERTÍ, Enoch, “El Tratado por el que se establece una constitución para Europa y la
emergencia de un derecho constitucional europeo”, en: CARRILLO, M. y LÓPEZ BOFILL, H.
(coords.), La Constitución Europea, Actas del III Congreso de Asociación de constitucionalistas de
España, Valencia, Tirant lo Blanch, 2006, pp. 33-49.
4HÄBERLE, Peter, “El Estado constitucional europeo”, en: CARBONELL, Miguel y SALAZAR,
Pedro (eds.), La Constitucionalización de Europa, México DF, Universidad Nacional Autóno-
ma de México, Serie Estudios Jurídicos N° 65, 2004, pp. 23-43.
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