El perito y el dictamen pericial en el proyecto del nuevo código procesal civil chileno - Núm. 1, Enero 2012 - Estudios Jurídicos. Democracia y Justicia - Libros y Revistas - VLEX 648922977

El perito y el dictamen pericial en el proyecto del nuevo código procesal civil chileno

AutorDiego Valdés Quinteros
CargoEstudiante de Derecho en la Universidad de Talca
Páginas63-78
Revista Estudios Jurídicos Democracia y Justicia, No. 1, 2012.
ISSN 0719-4064
Centro de Estudios Democracia y Justicia Universidad de Talca
El Perito y el Dictamen Pericial en el Proyecto del Nuevo Código Procesal Civil Chileno
Diego Valdés Quinteros
El Perito y el Dictamen Pericial en el Proyecto del Nuevo Código Procesal
Civil Chileno.
Expert and Expert Report on the Project of the New Chilean Civil Code.
Diego Valdés Quinteros
RESUMEN
El texto presenta consideraciones generales sobre el tratamiento que recibe el Perito y el
Dictamen Pericial en el Proyecto del Nuevo Código Procesal Civil Chileno. Actualmente
existe discrepancia sobre la naturaleza jurídica que ha de otorgársele al Perito, situación
que el Proyecto en cuestión entra a zanjar definitivamente innovando a la vez en su forma
de producción, lo que ha provocado más de un cuestionamiento.
Palabras Claves: Perito Dictamen Pericial Prueba.
ABSTRACT
The text presents general considerations on the treatment given to the Expert and Expert
Report on the Project of the New Chilean Civil Code. Currently, there is disagreement
about the legal nature that must be granted the Expert, situation which the project in
question definitively resolves at the same time it innovates its production, which has caused
more than one questioning.
Keywords: Expert - Expert opinion - Evidence.
I- Introducción
Chile ha experimentado este último tiempo una serie de reformas en sus sistemas
procesales. Ahora estamos a las puertas de la reforma del actual sistema de procedimiento
civil, el cual no se ajusta “con los avances de la ciencia procesal experimentados a lo largo
de todo el siglo XX y principios de este siglo, ni por consiguiente, con las necesidades
actuales de los justiciables, planteadas en el contexto de una realidad política, social y
económica totalmente diversa”
1
.
Dentro de la nueva regulación que establece el Proyecto de Código Procesal Civil
2
(PCPC), se establece una profunda modificación al sistema probatorio actual, el que,
Estudiante de Derecho en la Universidad de Talca. Correo Electrónico: dvaldes11@alumnos.utalca.cl
1
MENSAJE PRESIDENCIAL N°004-360, En: http://www.reformaprocesalcivil.cl/wp-
content/uploads/2012/07/PCPC-2012-8597-07.pdf [Visitado el 07/12/2012].
2
PROYECTO DE LEY: CÓDIGO P ROCESAL CIVIL, En: http://www.reformaprocesalcivil.cl/wp-
content/uploads/2012/07/PCPC-2012-8597-07.pdf [Visitado el 07/12/2012].
El Perito y el Dictamen Pericial en el Proyecto del Nuevo Código Procesal Civil Chileno
Diego Valdés Quinteros
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producto del nuevo procedimiento por audiencias, fundamentado en los principios de la
oralidad y sus corolarios de la inmediación, concentración y publicidad, debió ser adecuado
con el objeto de ser eficaz y coherente con la implementación de la oralidad.
Especial modificación sufre el Perito y el Dictamen Pericial, el que, como se sabe, según
la actual legislación posee una regulación marcada por el procedimiento escrito. Ahora, si
bien se avanza de manera sustancial en su perfeccionamiento, cabe señalar que puede llevar
a más de un problema, tanto respecto de las partes como del Tribunal.
II- Perito: Necesidad, concepto, función e importancia
3
La prueba “es la actividad procesal clave en la historia de todo pleito, pues de ella
depende que el Juez logre su convencimiento acerca de los hechos litigiosos y aprecie o
desestime la pretensiones formuladas por las partes”
4
.De esta forma, la actividad
probatoria es el núcleo de todo proceso, por lo cual, todo legislador debe velar por el
establecimiento de un eficaz sistema probatorio de forma que permita a las partes probar
adecuadamente las afirmaciones que sobre los hechos realizan, y al Juez lograr el más
correcto enjuiciamiento de los hechos controvertidos. Así, "tanto vale no tener un derecho,
como tenerlo y no poder probarlo".
El paso del tiempo ha generado que día a día las ciencias avancen sobre todos los
ámbitos de la vida. El Derecho no ha permanecido ajeno a este fenómeno. Las relaciones
sociales cada vez se complejizan y tecnifican, lo que ha llevado a que los jueces se
encuentren en la situación de fallar sobre cuestiones para las cuales deberán contar (para
una correcta resolución) con conocimientos que probablemente no posean y que no tienen
por qué poseer dado que nuestro legislador ha optado por tener jueces expertos en las
normas jurídicas y no en otras áreas). Ante esta circunstancia, se hace imperativo recurrir a
un tercero, capaz de dar respuestas a este escollo, a quien se le ha denominado “perito”. En
esta línea se ha señalado, que “en la medida que la ciencia se hace más compleja, el Juez se
siente más desamparado para poder sacar conclusiones”, por tanto, “el ensanche del campo
de la ciencia va acompañado del ensanche del campo pericial”
5
.
3
Cabe hacer presente que no pretendemos realiza r una exposición profunda y acabada de tod os los aspectos
del Perito y su Dictamen, sino un planteamiento breve para los objetos perseguidos por este trabajo .
4 PICÓ I JUNOY, Joan, La Prueba Pericial en el Proceso Civil Español. Ley 1/2000, de Enjuiciamien to Civil,
Editorial Bosch, Barcelona, 2001, p. 21.
5
COUTURE, Eduardo, citado por, PEREIRA ANABALÓN, Hugo, “La naturaleza jurídica de la pericia
judicial”. En
http://200.38.75.91:2640/maf/app/documentVM?&src=laley&srguid=i0ad6007900000137f3d4f1f1d6443415
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