Permisos al trabajador por muerte de familiares
Autor | Ricardo Garrido C. |
Cargo | Director Responsable. Abogado. Magister PUC |
Páginas | 159-159 |
PROCEDIMIENTOS RELATIVOS AL CONTRATO DE SALUD
159
PREGUNTAS Y RESPUESTAS
PERMISOS AL TRABAJADOR POR MUERTE DE FAMILIARES.
1.- ¿En qué casos el trabajador tiene derecho a permisos por muerte de
familiares?
En el caso de muerte de un hijo, cónyuge, conviviente civil y de alguno de los padres.
2.- ¿Cuántos días son en caso de muerte de un hijo, del cónyuge o conviviente
civil?
El trabajador tiene derecho a siete días corridos, contados desde el fallecimiento.
3.- ¿Y en el caso de muerte del padre o madre?
El permiso que tiene el trabajador es de tres días hábiles, contados desde el hecho
que lo origina.
OTROS PERMISOS ESPECIALES AL TRABAJADOR
4.- ¿Existen permisos obligatorios para ir al médico?
Las trabajadoras mayores de cuarenta años de edad y los trabajadores mayores de
cincuenta, cuyos contratos de trabajo sean por un plazo superior a treinta días, tendrán
derecho a medio día de permiso, una vez al año durante la vigencia de la relación
laboral, para someterse a los exámenes de mamografía y próstata, respectivamente,
pudiendo incluir otras prestaciones de medicina preventiva, tales como el examen
de Papanicolaou, en las instituciones de salud públicas o privadas que corresponda.
5.- ¿Y los trabajadores con contrato de plazo jo o por faena, tienen este
permiso?
En el caso de los contratos celebrados por un plazo jo, o para la realización de una
obra o faena determinada, este derecho podrá ejercerse a partir de los treinta días de
celebrado el contrato de trabajo, y en cualquier momento durante la vigencia de éste.
6.- ¿Existe permiso por matrimonio?
El trabajador tiene derecho a un permiso pagado de cinco días hábiles continuos en
caso de contraer matrimonio, independiente del tiempo de servicio.
Este permiso se podrá utilizar a elección del trabajador, en el día del matrimonio y
en los días inmediatamente anteriores o posteriores al de su celebración, debiendo
avisar al empleador la fecha en que se tomará permiso con 30 días de anticipación
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