Plazos y formas de envío de las declaraciones - Núm. 54, Diciembre 2017 - Manual ejecutivo tributario - Libros y Revistas - VLEX 703294665

Plazos y formas de envío de las declaraciones

Páginas23-42
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DECLARACIONES JURADAS
AÑO TRIBUTARIO 2018
1.6.
Declaraciones Juradas
Simples
Los contribuyentes mencionados en el Artículo 1° de la Ley N° 19.885, de 2003, que hagan uso
del Benecio Tributario establecido en el Artículo 8° de la mencionada Ley, deberán presentar
al Servicio de Impuestos Internos una Declaración Jurada Anual Simple informando no tener
prohibición para realizar Donaciones a Partidos Políticos y/o a candidatos a ocupar cargos
de elección popular, en período eleccionario, según lo establece el Artículo 25 de la Ley N°
19.884, de 2003.
Por otra parte, los contribuyentes que paguen rentas del Artículo 42 N° 2 de la Ley Sobre
Impuesto a la Renta y que durante el año comercial que se declara sólo hayan recibido Boletas
de Honorarios Electrónicas y/o emitido sólo Boletas de Prestación de Servicios de Terceros
Electrónicas establecidas por medio de las Resoluciones Ex. N° 83, N° 112, de 2004 y N°
16 de 2010 respectivamente, deberán presentar una Declaración Jurada Simple informando
dicha situación. De este modo, podrán eximirse de la obligación de presentar la Declaración
Jurada Sobre Retenciones N° 1879, y
Declaración Jurada Simple a presentar por los inversionistas que no tienen la calidad de
Contribuyentes para los efectos de la liberación de la retención de Impuesto establecida en el
Artículo 74 N° 7, de la Ley de Impuesto a la Renta.
1.7.
Respecto de las Empresas Individuales de Responsabilidad Limitada
y
de las Sociedades
por
Acciones
Las Empresas Individuales de Responsabilidad Limitada (E.I.R.L.) y las Sociedades por
Acciones (SpA) están obligadas en su calidad de personas jurídicas a presentar los Formularios
y emisión de Certicados que correspondan, de acuerdo a las instrucciones impartidas en
este Suplemento, conforme a lo dispuesto en las Leyes N° 19.857, de 2003 y N° 20.190, de
2007, respectivamente.
2. PLAZOS Y FORMAS DE ENVÍO DE LAS DECLARACIONES
2.1.
F
orma
en que
deberá
presentarse la
información
Todas las Declaraciones Juradas deben ser presentadas vía Internet, lo que signica la
completa eliminación de los formularios en papel para estos efectos. (Según las Resoluciones
N° 22, 23 y 89, del año 2004).
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Manual EjEcutivo tributario
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Medio de envío
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1802 Anual SI SI NO
1803 Anual SI SI NO
1805 Anual SI SI SI
1806 Anual
1811 Anual SI SI NO
1812 Anual SI SI NO
1820 Mensual SI SI SI
1821 Anual SI SI NO
1822 Anual SI NO NO
1823 Anual SI NO NO
1828 Anual SI SI SI
1829 Anual SI SI SI
1830 Anual SI SI NO
1832 Anual SI SI NO
1834 Anual SI NO NO
1835 Anual SI SI NO
1836 Anual SI SI NO
1837 Anual SI SI NO
1839 Mensual SI SI NO
1840 Anual SI SI NO
1841 Anual SI SI NO
1842 Mensual SI SI NO
Nómina de Formularios y su forma de envío disponible

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