Poblete Novoa con Presidente de la República y otros: una apostilla breve - Núm. 13, Enero 2017 - Sentencias destacadas - Libros y Revistas - VLEX 706806949

Poblete Novoa con Presidente de la República y otros: una apostilla breve

AutorEduardo Soto Kloss
Páginas317-323
317
POBLETE NOVOA CON PRESIDENTE
POBLETE NOVOA CON PRESIDENTE
DE LA REPÚBLICA Y OTROS:
DE LA REPÚBLICA Y OTROS:
UNA APOSTILLA BREVE
UNA APOSTILLA BREVE
E
DUARDO
S
OTO
K
LOSS
E
DUARDO
S
OTO
K
LOSS
RESUMEN: En este comentario, el autor propone algunas consideraciones crí-
ticas al criterio seguido por la tercera sala de la Corte Suprema para resolver el
fallo “Poblete Novoa con Presidente de la República y otros”, pronunciado en
2016 en el que se descarta la posibilidad de impugnar un reglamento por la vía
del Recurso de Protección.
SUMARIO: 1. Introducción; 2. Consideraciones del caso; 3. Conclusión
1. INTRODUCCIÓN
En este mismo volumen el Profesor Bocksang, quien fuera distin-
guido alumno y ayudante nuestro y ahora colega de cátedra en la
Ponti cia, ha abordado con un muy buen comentario crítico este
fallo de la Corte Suprema. Me ha parecido útil referir aquí, de
manera más bien breve, dos o tres consideraciones, abundando en
temas en los que el fallo referido ha incurrido en evidente error (a
más de lo que se ha señalado en el aludido comentario).
El primero de ellos es la insólita desviación del quid del asunto
planteado a un problema que no dice relación con lo expuesto por
la recurrente de protección (como plantear el punto de la aplicación
del art. 93 N° 16 de la Constitución) y entender que se trataría
de impugnar un reglamento “autónomo”, cuando basta leer el art.
27 de la Ley de Pesca para advertir que no hay tal. Y segundo, la
pretensión aún más grave de pretender una “inmunidad de juris-
dicción” del Presidente de la República respecto de sus reglamentos,
como si no fueran actos administrativos, los que son por principio
impugnables, cualquiera sea su autor e impugnables precisamen-
te, entre otras acciones, pero principalmente, a través de la acción
constitucional de amparo general, llamada recurso de protección
(art. 20 CP).

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR