La policía en la fase de investigación - La policía frente al código procesal penal - Libros y Revistas - VLEX 369311106

La policía en la fase de investigación

AutorMiguel Otero Lathrop
Cargo del AutorProfesor Titular de Derecho Procesal, Universidad de Chile
Páginas55-58
55
Cap ítu lo VII
LA POLICÍA EN LA FASE DE INVESTIGACIÓN
• AUXILIAR DEL MINISTERIO PÚBLICO SÓLO PARA INVESTIGAR
En el caso de Carabineros, sólo si así lo dispone el Ministerio
Público.
Artículo 79 incisos y del C.P.P. “La Policía de Investiga-
ciones de Chile será auxiliar del ministerio público en las tareas
de investigación y deberá llevar a cabo las diligencias necesarias
para cumplir los fines previstos en este Código, en especial en los
artículos 180, 181 y 187, de conformidad a las instrucciones que
le impartieren los fiscales. Tratándose de delitos que dependieren de
instancia privada se estará a lo dispuesto en los artículos 54 y 400
de este Código. Asimismo le corresponderá ejecutar las medidas de
coerción que se decretaren.
Carabineros de Chile, en el mismo carácter de auxiliar del
ministerio público, deberá desempeñar las funciones previstas
en el inciso precedente cuando el fiscal a cargo del caso así lo
dispusiere”.
• ACTÚA BAJO LA DIRECCIÓN Y RESPONSABILIDAD DEL MINISTERIO
PÚBLICO
Artículo 80 del C.P.P. “Los funcionarios señalados en el artícu-
lo anterior que, en cada caso, cumplieren funciones previstas en este
Código, ejecutarán sus tareas bajo la dirección y responsabilidad de

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