Prescripción de la pena - La prescripción penal - Libros y Revistas - VLEX 68942240

Prescripción de la pena

AutorGonzalo Yuseff Sotomayor
Cargo del AutorAbogado
Páginas137-140

Page 137

1. Antecedentes históricos

La prescripción de la pena se incorpora a los sistemas positivos, a diferencia de la prescripción de la acción, sólo a fines del siglo XVIII y comienzos del siglo XIX, y por influencia de la legislación francesa surgida de la Revolución. Esta legislación convirtió en ley la jurisprudencia ya existente en aquel país, elaborada probablemente sobre la base del antecedente establecido por el Decreto del Parlamento de París, de 29 de abril de 1642, que admitía la prescripción de ciertas penas en un plazo de 30 años.346

La legislación alemana, primeramente en el Código sajón de 1838 y en el austriaco de 1852, a ejemplo de la legislación francesa de 1791 y 1808, admite también la prescripción de la pena impuesta por sentencia firme.347

No era aceptada, en cambio, en el Derecho italiano intermedio, siendo posteriormente incorporada al Código sardo-italiano de 1859 (arts. 137 y ss.), del cual pasó al Código italiano de 1889.348

En la legislación española fue aceptada por primera vez en el Código Penal de 1848. El Código anterior, de 1822, no sólo no admitía la prescripción de la acción penal, sino que en suPage 138 artículo 178 negaba explícitamente la prescripción de la pena.349

Como razón de este tardío reconocimiento de esta prescripción en la ley se señala “el hecho de que los fundamentos de la prescripción de la acción penal se avenían mal con la propia naturaleza de la prescripción de la pena”.350 Motivos tales como, por ejemplo, el eventual desaparecimiento de las pruebas no concurren en esta especie de prescripción.

2. Concepto

La prescripción de la pena tiene como presupuesto la existencia de una sentencia de condena, y constituye “una renuncia del Estado de la potestad de realizar, después de un cierto transcurso de tiempo, la pretensión punitiva derivada del delito y reconocida legítima por una sentencia”.351

Es conveniente destacar que el objeto de la prescripción no es la pena por sí misma, que no es revocada, y tampoco la condena, la cual como acto jurisdiccional que origina consecuencias de derecho permanece inalterada, sino la potestad de ejecutar la pena principal para un determinado delito.352

3. Fundamentos

El transcurso del tiempo ejerce su influencia no sólo sobre la infracción, sino también sobre la pena aplicada por sentencia fir-Page 139me.353 Igual que para la prescripción de la acción, el transcurso del tiempo produce el olvido de la pena impuesta. La pena que no se ejecuta después de largo tiempo de ser impuesta, pierde su utilidad, por haber cesado ya la alarma social originada por el delito. “La prevención general y especial no reclaman ya su aplicación; se torna injusta e innecesaria, y pierde su ejemplaridad”.354

La opinión dominante en la doctrina, y tal es el sistema de la mayor parte de las legislaciones, reclama la necesidad de establecer plazos de mayor duración para la prescripción de la pena que para la prescripción de la acción penal.355

Se fundamenta esta mayor duración del plazo, por una parte, en que el olvido de la infracción requiere de mayor tiempo en la...

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