Presentación - Núm. 2-2018, Noviembre 2018 - Revista de Estudios Constitucionales - Libros y Revistas - VLEX 787008005

Presentación

AutorHumberto Nogueira Alcalá
CargoDirector Revista Estudios Constitucionales Centro de Estudios Constitucionales de Chile
Páginas9-13
9Estudios Constitucionales, Año 16, Nº 2
2018, pp. 9-14
Estudios Constitucionales, Año 16, Nº 2, 2018, pp. 9-14
ISSN 07180195
Centro de Estudios Constitucionales de Chile Universidad de Talca
“Presentación”
PRESENTACIÓN
Una vez más nos complace presentar un nuevo número de la revista Estudios
Constitucionales, del Centro de Estudios Constitucionales de Chile de la Uni-
versidad de Talca. Esta segunda entrega, el número 2 del año 2018, se presenta
en un contexto político constitucional, tanto chileno como extranjero, que nos
ha planteado eventos y desarrollo muy interesantes.
En el ámbito chileno, pudimos asistir a la presentación de la acusación cons-
titucional en contra de tres magistrados de la Corte Suprema, a raíz de haber
dictado una serie de sentencias en donde se otorgaban beneficios carcelarios a
algunos condenados por haber cometido crímenes contra la humanidad durante
la época de la dictadura. Este hecho, que generó gran revuelo y un animado
debate constitucional, puso en el centro del tapete el derecho internacional
de los derechos humanos y, más en particular, el ejercicio del control de con-
vencionalidad. En efecto, por un lado, la sala de la Corte Suprema que dictó
estas sentencias utiliza entre sus razonamientos el derecho internacional de los
derechos humanos, recurriendo al Estatuto de la Corte Penal Internacional e,
incluso, utilizando la jurisprudencia de la Corte Interamericana de Derechos
Humanos, lo cual se parece bastante al deber de un control de convencionali-
dad. Sin embargo, por otro lado, sus detractores argumentan que la sala penal
de la Corte Suprema no realizó precisamente un control de convencionalidad.
Aquí, aparece un punto interesante de reflexionar, en el sentido de que no
basta recurrir al derecho internacional de los derechos humanos y al control de
convencionalidad, sino que es necesario utilizarlo correctamente, teniendo una
visión integral del sistema de protección de los derechos humanos, orientado a
la protección de la víctima y del más débil. Sin lugar a dudas que las publica-
ciones que se han estado realizando desde hace varios años, y también en este
número, han contribuido y seguirán contribuyendo a este debate relacionado
con el correcto uso del control de convencionalidad.

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