Comisión Preventiva Central, 6 de enero de 2003. Nestlé Chile S.A. (denuncia) - Núm. 1-2003, Junio 2003 - Revista de Derecho y Jurisprudencia y Gaceta de los Tribunales - Libros y Revistas - VLEX 218853809

Comisión Preventiva Central, 6 de enero de 2003. Nestlé Chile S.A. (denuncia)

Páginas29-33

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La Comisión Resolutiva, conociendo del recurso de reclamación:

Vistos:

Atendido el mérito de los antecedentes, se rechaza el recurso de reclamación de Nestlé, de fs. 8, en contra del Dictamen Nº 1.235, de 6 de enero pasado, de la Comisión Preventiva Central, el que se confirma.

A las demás peticiones de la recurrente, estese a lo resuelto.

Domingo Kokisch M., Sergio Espejo Y., Álvaro Clarke de la Cerda, Patricio Valdés A. y Patricio Rojas R.

La Comisión Preventiva Central, conociendo de la denuncia:

  1. Con fecha 28 de octubre pasado, compareció ante esta Comisión don Marcos Hrdalo Larraín, en representación de Nestlé Chile S.A., ambos con domicilio en calle Roger de Flor Nº 2880, Las Condes, en adelante Nestlé, y formuló denuncia enPage 30 contra de Effem Chile Ltda. representada por don Jorge Pedreira, ambos con domicilio en Av. Américo Vespucio Nº 2758-A, Conchalí, en adelante Effem, con el objeto de que se declare por esta Comisión que la campaña publicitaria de su producto de alimento para gatos marca “Whiskas”, teniendo un carácter asertivo, carece de fundamentos objetivos y demostrables, razón por la cual atenta contra la libre competencia, moviendo a engaño a los consumidores, al motivarlos a comprar un producto que carece de los atributos que dice poseer.

  2. La campaña que se denuncia es la que, según Nestlé, lanzó Effem el día 28 de julio pasado a través de distintos medios, que tiene como soporte la siguiente frase “8 de cada 10 gatos prefieren Whiskas”, con un respaldo secundario que sostiene que “8 de cada 10 dueños informaron que sus gatos prefirieron Whiskas Recetas Favoritas a otro alimento balanceado”.

  3. Según el denunciante la afirmación que se hace por medio de esta propaganda no tiene asidero, de acuerdo a las cifras obtenidas de un análisis del mercado chileno de alimentos para gatos, donde los alimentos Whiskas aparecen con una venta en todos los segmentos investigados que en ningún caso alcanza el 80%, que sería lo lógico en su concepto, si tal preferencia fuera verdadera. De esta manera acompaña cifras indicativas por tipo de alimento, por marcas, por gramaje, etc., que revelan que la participación en las ventas de “Whiskas recetas favoritas”, no alcanza siquiera al 40% y en algunos de ellos llega incluso al 10%, de suerte entonces que resulta falsa la pretensión de la denunciada de que de cada 10 gatos 8 prefieran el alimento Whiskas.

  4. Concluye entonces de este razonamiento, que si bien la publicidad puede exagerar las cualidades de un producto, éste debe presentarse tal como es y no mentir sobre el mismo y, continúa señalando, que la publicidad puede pretender convencer, pero no haciendo uso de engaños como ocurre en la especie.

  5. Puesta la denuncia en conocimiento de la denunciada, ésta ha solicitado el rechazo de plano de la misma arguyendo principalmente que la publicidad en general y la publicidad asertiva en particular son elementos lícitos y universalmente aceptados para competir, y del que se valen los distintos agentes del mercado para promocionar sus productos, entre otros Nestlé, citando al efecto productos de esta transnacional como Kryptoplasma, un helado al que la publicidad cataloga como “lejos el más raro” o “bliss Sport Isotónico”, bebida para deportista, el que se promociona señalando que “te devuelve agua, energía y sales más rápido que ninguna otra bebida”.

  6. En concepto...

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