Comisión Preventiva Central, 16 de mayo de 2000. Oyarce Pinto, Sylvia (denuncia) - Núm. 2-2000, Mayo 2000 - Revista de Derecho y Jurisprudencia y Gaceta de los Tribunales - Libros y Revistas - VLEX 227132382

Comisión Preventiva Central, 16 de mayo de 2000. Oyarce Pinto, Sylvia (denuncia)

Páginas144-146

La Comisión Preventiva Central acogió la denuncia en la forma expuesta.


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La Comisión Preventiva Central, conociendo de la denuncia:

  1. Mediante Oficio Ord. Nº 283, de 12 de mayo de 2000, el señor Fiscal Nacional Económico ha informado a esta Comisión acerca de la denuncia interpuesta por la señora Sylvia Oyarce Pinto en contra del Hospital del Trabajador y la Asociación Chilena de Seguridad.

    La señora Oyarce expresa que el jueves 6 de abril de 2000, alrededor de las 20,45 horas, por sentirse muy enferma y sufrir fuertes dolores en la región abdominal, concurrió al Servicio de Urgencia del Hospital del Trabajador, ubicado en Ramón Carnicer Nº 201, de esta ciudad. Allí fue atendida por el médico de turno, Doctor García, quien le diagnosticó apendicitis aguda y prescribió que debía someterse a una inmediata operación de apendicectomía. Su marido que la acompañaba, el señor Víctor Hugo Araya Palo- minos, y ella misma, en la medida que su estado se lo permitía, se informaron de los aranceles del Hospital acerca de los costos del día cama y de los derechos de pabellón, considerándolos razonables; sin embargo, no pudieron obtener una respuesta sobre el monto de los honorarios médicos, pues a la consulta formulada sobre el particular no se dio respuesta aduciendo que tal vez habría que realizar exámenes y que al final de la atención le darían el total, quedando en claro, en todo caso, que el servicio que se prestaría era de carácter particular, por no tratarse de un accidente del trabajo.

    Dada la hora y principalmente el riesgo de peritonitis pronosticado por el médico, no le quedó otra alternativa viable que internarse como caso de emergencia en el Servicio de Urgencia del Hospital del Trabajador, para lo cual debió acceder al requisito, formulado por la Secretaria de Recepción del Servicio de Urgencia, de dar un cheque nominativo a favor de la Asociación Chilena de Seguridad, con la cantidad en blanco, en garantía del pago de la atención de emergencia; para ello su marido entregó a dicha Secretaria, firmado en blanco, el cheque Nº 3576839, de su cuenta corriente personal en el Banco de Crédito e Inversiones.

    Al retirar el programa médico, el día 20 de abril recién pasado, pudo informarse que el cirujano nombrado y su equipo, compuesto por un ayudante y el anestesista, cobraron en total la suma de $ 809.798, valor que considera abusivo, cuantioso e injustificado, según señala, por tratarse de una "simple operación de apendicitis", por...

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