El principio de imparcialidad en algunas sentencias de la Corte Suprema el 2016. Un paso hacia el fin del 'juez y parte' en el derecho administrativo sancionador - Núm. 13, Enero 2017 - Sentencias destacadas - Libros y Revistas - VLEX 706806961

El principio de imparcialidad en algunas sentencias de la Corte Suprema el 2016. Un paso hacia el fin del 'juez y parte' en el derecho administrativo sancionador

AutorSebastián Soto Velasco
Páginas325-348
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EL PRINCIPIO DE IMPARCIALIDAD
EL PRINCIPIO DE IMPARCIALIDAD
EN ALGUNAS SENTENCIAS DE LA
EN ALGUNAS SENTENCIAS DE LA
CORTE SUPREMA EL 2016. UN PASO
CORTE SUPREMA EL 2016. UN PASO
HACIA EL FIN DEL “JUEZ Y PARTE”
HACIA EL FIN DEL JUEZ Y PARTE
EN EL DERECHO ADMINISTRATIVO
EN EL DERECHO ADMINISTRATIVO
SANCIONADOR
SANCIONADOR
S
EBASTIÁN
S
OTO
V
ELASCO
S
EBASTIÁN
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OTO
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ELAS CO
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RESUMEN. Con motivo de diversas sentencias pronunciadas por la Corte Su-
prema el año 2016, se analiza una  gura común en el derecho administrativo
sancionador chileno como es la identidad entre quién formula cargos y quién
resuelve la sanción. La cuestión del “juez y parte” en los procedimientos admi-
nistrativos es uno de los temas que abordan las sentencias a propósito de recla-
maciones contra sanciones aplicadas por la Superintendencia de Educación.
La Corte Suprema se aproxima acertadamente al tema desde el principio de
imparcialidad, cali cando el defecto en el procedimiento como un vicio esen-
cial. El autor propone, tras un análisis crítico de los argumentos que esgrimen
los defensores del “juez y parte”, que el razonamiento tras las sentencias puede
extenderse a otras áreas del derecho administrativo sancionador.
SUMARIO: 1. Contexto. 2. Las sentencias. Corte Suprema. 2.1. Vicio esencial.
2.2. Principio de imparcialidad. 2.3. La posición contraria. Argumentos de la Su-
perintendencia de Educación. 3. Juez y parte en el derecho administrativo sancio-
nador. Notas para el debate. 3.1. Evolución del “juez y parte”: del ámbito penal
a otras áreas adyacentes. 3.2. Argumentos esgrimidos para justi car la identidad
del “juez y la parte”. 3.3. Algunas críticas a los argumentos que de enden el “juez
y parte”. 4. El aporte de las sentencias de la Corte Suprema a la imparcialidad en
el procedimiento administrativo sancionador. 4.1. Se trata de un principio. 4.2.
Su vulneración constituye un vicio esencial en el procedimiento. 4.3. Fortalece la
apariencia de imparcialidad. 5. El futuro.
“La mezcla de funciones de investigación o defensa
con la función de decidir son claramente indesea-
bles”. Final Report of the Attorney General’s Com-
mittee on Administrative Procedure. 1941. Estados
Unidos.
1
El autor agradece a Trinidad Larreboure por su apoyo en la investigación de este artículo.
Sentencias Destacadas 2016
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1. CONTEXTO
Desde hace algún tiempo, diversas cortes de apelaciones de Estados
Unidos han cuestionado la  gura de los denominados jueces admi-
nistrativos que, insertos dentro de las agencias reguladoras, conocen
algunas de las sanciones que éstas aplican a los regulados. El cues-
tionamiento se funda en que estos jueces carecen de la autonomía
su ciente y, por lo mismo, no cumplen con la Constitución de Es-
tados Unidos. Se denuncia que las agencias han creado “una facha-
da de justicia mientras injustamente prejuzgan a los  scalizados”2.
La contienda se encuentra aún a nivel de cortes de apelaciones pero
se proyecta que, por la disparidad de criterios entre estas, en poco
tiempo intervendrá la Corte Suprema.
Conocer la discusión en Estados Unidos ayuda a tomar conciencia
de lo lejos que estamos en Chile de tener, desde los primeros esta-
dios del procedimiento, un estándar de control adecuado y autóno-
mo de nuestras agencias reguladoras. Sin embargo, un conjunto de
fallos del año 2016 da señales esperanzadoras. Como veremos en
estas páginas, la Corte Suprema y diversas cortes de apelaciones en
el país discutieron en relación a sanciones cursadas por la Superin-
tendencia de Educación a diversos establecimientos educacionales.
La pregunta no es, como en EE.UU., si los jueces administrativos
tienen un su ciente nivel de independencia. La pregunta en Chile
es mucho más básica, y al mismo tiempo dramática: ¿puede el “juez
administrativo” ser al mismo tiempo parte acusadora en el proce-
so? La Corte Suprema resolvió los casos acertadamente y, lo más
relevante, el razonamiento de las diversas sentencias puede exten-
derse a todo el derecho administrativo sancionador.
Las sentencias tienen su origen en reclamaciones contra actuaciones
de la Superintendencia por haber emanado estas de procedimientos
en los que el Director Regional formuló los cargos y, posterior-
mente, sancionó al presunto infractor. Procediendo de tal forma,
el Director Regional respectivo vulneró el artículo 66 de la Ley
20.529, que creó la Superintendencia de Educación Escolar. Esta
disposición plantea que el Director Regional debe designar a un  s-
2 New York Times. In S.E.C.’s Streamlined Court, Penalty Exerts a Lasting Grip.
4.5.2017. En https://www.nytimes.com/2017/05/04/business/sec-internal-court.
html?_r=0. El debate académico reciente puede encontrarse, entre otros, en BARNETT
(2013) y BRYER (2016).

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