El principio de lealtad profesional en la praxis de la Abogacía: el conflicto de intereses - Primera Parte - Ética profesional del abogado - Libros y Revistas - VLEX 699326093

El principio de lealtad profesional en la praxis de la Abogacía: el conflicto de intereses

AutorSebastián Contreras/Alejandro Miranda
Páginas57-71
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APARISI: EL PRINCIPIO DE LEALTAD PROFESIONAL EN LA PRAXIS DE LA ABOGACÍA…CUADERNOS DE EXTENSIÓN JURÍDICA (U. DE LOS ANDES) Nº24, 2013, pp. 57-71
EL PRINCIPIO DE LEALTAD PROFESIONAL EN
LA PRAXIS DE LA ABOGACÍA: EL CONFLICTO DE
INTERESES
ÁnGela apariSi MiralleS
Doctora en Derecho
Facultad de Derecho
Universidad de Navarra, España
i. la lealtad Profesional
La lealtad es una virtud humana y, asimismo, un principio general de
la deontología profesional. Presupone la capacidad de las personas de
asumir compromisos, de responder a la palabra dada, de saber mante-
ner, en el futuro, las promesas vertidas en el pasado. La promesa es, a
un tiempo “memoria y proyecto, y viene, por tanto, a unificar pasado,
presente y futuro”1. Por ello, la lealtad remite a la permanencia y estabi-
lidad de la voluntad a lo largo del tiempo y en los diferentes ámbitos de
la vida humana: institucional, familiar, social, laboral, religioso, etc. Se
relaciona con la tradicional exigencia jurídica de la fides, tanto frente a
uno mismo como frente a los demás2. Posee una estrecha conexión con
el Derecho ya que, en realidad, este es esencialmente durée, diacronía:
viene a garantizar la fidelidad de las promesas humanas, en cuanto que
son relevantes para otros. De ahí la importancia del compromiso, de la
buena fe y del cumplimiento de las promesas, como fundamento de gran
parte de las instituciones jurídicas.
En España, el Código Deontológico de la Abogacía (CDAE) incluye
la lealtad entre las virtudes profesionales. En concreto, en su Preámbulo
establece que “…la honradez, probidad, rectitud, lealtad… son virtudes
1
b
allesteros
, j.,
Sobre el sentido del Derecho, Tecnos, Madrid, 2002 (reimpresión de la tercera
edición), p.131.
2 No obstante, para algunos, mientras que la fidelidad se refiere, más bien, a la capacidad de
responder frente a uno mismo de los compromisos libremente asumidos, la lealtad remite
a la actuación íntegra frente a los demás.

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