Los principios generales del Derecho - Aspectos generales del Principio de la Buena Fe - La buena fe contractual - Libros y Revistas - VLEX 370811138

Los principios generales del Derecho

AutorCristián Boetsch Gillet
Páginas13-38
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1. CONSIDERACIONES GENER ALES
Todo ordenamiento jurídico, además de estar dotado de unidad
y coherencia, debe ser íntegro, esto es, debe ser un sistema capaz
de dar solución a todas las situaciones y controversias que pueden
presentarse en la vida cotidiana, de manera tal que logre abarcar
absolutamente todas las realidades jurídicas que puedan presen-
tarse en una sociedad. En este sentido, D
EL
V
ECHHIO
apunta que
“no hay interferencia alguna entre los hombres, no hay contro-
versia posible, por muy complicada e imprevista que sea, que no
admita y exija una solución jurídica cierta”.5
Por otra parte, es claro que al ordenamiento jurídico positivo
no le es posible regular todas y cada una de las posibles situacio-
nes que puedan acontecer en la vida jurídica, y es por ello que
se ve en la necesidad de nutrirse de fuentes distintas de la ley
positiva, dando paso a conceptos de carácter superior y general,
los cuales, precisamente por el hecho de ser generales, son ca-
paces de dar solución a aquellos problemas que escaparon de la
vista del legislador. Estos conceptos de carácter general son los
principios generales del Derecho.6 Como señala el catedrático
español H
ERNÁNDEZ
G
IL
, “el Derecho codificado ha perdido
rigidez en un doble sentido, alzándose hacia el reconocimiento
5 DEL VECHHIO, GIORGIO, Los principios generales del Derecho, Editorial Bosch,
Barcelona, 1948, p. 41.
6 En la actualidad, suelen emplearse indistintamente –y así lo haremos en este
trabajo– los términos “principios generales del Derecho”, “principios jurídicos”, o
simplemente “principios”.
C A P Í TU L O I
LOS PRINCIPIOS GENERALES DEL DERECHO
PRIMER A PARTE. AS PECTOS GENER ALES DEL PR INCIPIO DE LA BU ENA FE
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de unos principios previos y superiores a la ordenación legal y
descendiendo a la realidad de los problemas que no son meros
episodios, en la aplicación de las normas, sino fuente de criterios
y de soluciones”.7
En razón de lo anterior, previo a adentrarnos al estudio par-
ticular de la buena fe, resulta necesario realizar un breve análisis
sobre los principios generales del Derecho. Al efecto, durante la
primera parte del trabajo analizaremos las distintas corrientes
jurídicas acerca de los principios generales del Derecho, para
luego adentrarnos a intentar dar luces acerca de su naturaleza
jurídica, caracteres y funciones, con lo cual será posible arribar
a ciertas premisas y conclusiones que a su turno también tendrá
la buena fe en cuanto principio general.
2. DOCTRINAS RELATI VAS A LOS PRINCIPIOS
GENERALES DEL DERECHO
En la historia del pensamiento jurídico han existido múltiples –y
en algunos casos antagónicas– teorías que han intentado expli-
car el origen, naturaleza, entidad y funciones de los principios
generales del Derecho. En todo caso, desde ya cabe destacar que
pese a las divergencias que existen en torno al punto, en general
las diversas corrientes de pensamiento jurídico reconocen la
existencia de los principios (sea cual sea el nombre que se les
dé) y su importancia a la hora de establecer la guía, de resolver
una determinada controversia carente de solución en un texto
legal expreso. Lo cierto es que mal podría concebirse un orde-
namiento jurídico sin principios que lo integren, pues, como
ya indicamos, toda legislación, por erudita y completa que sea,
jamás tendrá en sí misma la capacidad de regular todas y cada
una de las situaciones particulares que se plantean a nivel social,
económico, político, etc.8
7
H
ERNÁNDEZ
G
IL
, A
NTONIO
, Conceptos jurídicos fundamentales, Obras Completas,
tomo I, Editorial Espasa Calpe, 1987.
8 Con relación al punto, SQUELLA sostiene que “los principios generales del
Derecho nacieron para auxiliar a los jueces en el ejercicio de la función jurisdiccio-
nal, a la vez que para introducir un control que evitara las decisiones discrecionales
de aquellos, operando en los casos de falta de ley que regule el caso a ser decidido;

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