Programas de rehabilitación para agresores en España: un elemento indispensable de las políticas de combate a la violencia de género - Núm. 19, Julio 2015 - Política Criminal - Libros y Revistas - VLEX 643889313

Programas de rehabilitación para agresores en España: un elemento indispensable de las políticas de combate a la violencia de género

AutorBárbara Sordi Stock
CargoDoctora en Derecho (Mención Internacional)
Páginas297-317
SORDI STOCK, Bárbara. “Programas de rehabilitación para agresores en España: un
elemento indispensable de las políticas del combate a la violencia de género”.
Polít. crim. Vol. 10, Nº 19 (Julio 2015), Art. 10, pp. 297-317.
[http://www.politicacriminal.cl/Vol_10/n_19/Vol10N19A10.pdf]
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Programas de rehabilitación para agresores en España:
un elemento indispensable de las políticas de combate a la violencia de género.
Rehabilitation programs for aggressors in Spain: an indispensable element of
policies to combat gender violence.
Bárbara Sordi Stock
Doctora en Derecho (Mención Internacional)
Grupo de Investigación Criminología y Derecho Penal. Instituto Andaluz Interuniversitario
de Criminología - Universidad de Sevilla (España)
barbarasordistock@gmail.com
Resumen
En el presente estudio se sintetizan los principales hallazgos publicados en España sobre los
programas de rehabilitación para agresores de violencia de género como pena/ medida
alternativa a la prisión. España ha experimentado un cambio jurídico radical en el
enfrentamiento de la violencia hacia la mujer pareja o ex pareja a lo largo de los últimos
diez años, incorporando paulatinamente los programas como respuesta penal a esta clase de
delitos. Paralelamente, un amplio número de investigaciones para identificar los resultados
preventivos especiales se han llevado a cabo, labor que ha dado pié a la creación de una
importante base de datos para los países con menor tradición rehabilitadora, como los
latinoamericanos. Si bien los desafíos siguen siendo de los más diversos órdenes, los
hallazgos empíricos revelan que los programas son un elemento indispensable de las
políticas de combate a la violencia de género en razón de los efectos preventivos especiales
que presentan. A día de hoy la discusión se centra en cómo rehabilitar y no si es posible
rehabilitar.
Palabras clave: violencia de género, programas de rehabilitación, penas y medidas
alternativas a la prisión.
Abstract
The aim of this study is to summarize the scientific knowledge about rehabilitation
programs to gender violence developed in Spain. Over the last ten years Spain has
experienced a radical legal change in strategies to deal with violence against women and
has gradually incorporated programs as a criminal response to such crimes. In parallel, a
large number of research to identify preventive results have been carried out, work that has
given rise to the creation of an important database for countries with a lesser rehabilitative
tradition, such as those in Latin America. While an ample variety of challenges remain,
empirical findings reveal that these programs are an essential element of policies to combat
gender violence because of the special preventive effects they present. The discussion today
is focused on how to rehabilitate and not whether it is possible to rehabilitate.
SORDI STOCK, Bárbara. “Programas de rehabilitación para agresores en España: un
elemento indispensable de las políticas del combate a la violencia de género”.
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Key words: gender violence, batterers' intervention program, community sentences.
Introducción.
España ha experimentado un cambio jurídico radical en el enfrentamiento de la violencia
hacia la mujer pareja o ex pareja. Entre las medidas gubernamentales para reducir el
impacto de este problema social se encuentran los programas de rehabilitación para
agresores vinculados a la Justicia Penal. Estos han sido particularmente impulsados por la
Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la
Violencia de Género (en adelante LO 1/2004), que determina que la Administración
Penitenciara realice intervenciones específicas dentro de prisiones para reclusos por
crímenes de esta naturaleza (art. 42). Fuera de prisiones, los programas ganan
paulatinamente nueva configuración; han pasado a ser reglas de conductas obligatorias
asociadas a la suspensión de la pena privativa de libertad (art. 83 del Código Penal español,
en adelante CP) y a la sustitución de la pena de prisión (art. 88 CP) y, más recientemente,
previstos como modalidad de Trabajos en Beneficio de la Comunidad (art. 49 CP).
Como no podría ser de otra forma, al saber científico le corresponde la función,
irrenunciable, de evaluar los programas ejecutados. En otras palabras, los cambios legales y
en la Administración de la Justicia ocurridos a lo largo de los últimos diez años solo
adquieren legitimidad si la evidencia científica demuestra que es posible rehabilitar al
agresor. Un amplio número de expertos no escatiman esfuerzos para apurar los resultados
alcanzados, sirviendo los hallazgos de motor para el incremento de la confianza en esta
respuesta penal. Los programas comunitarios ganan tal visibilidad que, a día de hoy, la
Dirección General de Instituciones Penitenciarias/Ministerio del Interior ha afianzado su
posición en el sentido de que todos los agresores por violencia de género deben participar
necesariamente de un programa específico vinculado a la Justicia Penal.
Los países con menor tradición rehabilitadora, como los latinoamericanos, fijan su mirada
en el otro lado del Atlántico a fin de aclarar si las evidencias de que se dispone en España
justifican que los programas constituyan un elemento clave de las políticas penales de
combate a la violencia de género. El presente artículo busca contribuir al desate de esta
cuestión. A continuación se sintetizarán los principales hallazgos publicados en España en
el ámbito de los programas de rehabilitación como pena/ medida alternativa a la prisión. El
análisis resulta interesante porque algunos de los entrabes ahí encontrados se repiten en
aquellos países cuyos programas vinculados a la Justicia Penal están en fase inicial.
1. ¿Qué dice la evidencia científica sobre los programas de rehabilitación?
1.1. Diseño del programa: enfoque, extensión y formato grupal/individual.
En España se han ejecutado (y se siguen ejecutando) programas con distintos diseños.
Desde la Justicia Penal, el año de 2004 supuso un punto de inflexión, ya que con la entrada
en vigor de la LO 1/2004 se iniciaron los programas de cumplimiento obligatorio para los

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