A propósito del derecho a la educación: Comentario a la sentencia Laurie Sáez con colegio San José Ltda. - Núm. 1, Octubre 2012 - Revista Derecho Público Iberoamericano - Libros y Revistas - VLEX 648748253

A propósito del derecho a la educación: Comentario a la sentencia Laurie Sáez con colegio San José Ltda.

AutorRodrigo Céspedes
CargoPhD candidate Law School, Lancaster University
Páginas265-272
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Octubre 2012 A propósito del derecho a la educación: comentario a la sentencia “Laurie Sáez con...
Derecho Público Iberoamericano, Nº 1, pp. 265-272 [octubre 2012]
A PROPÓSITO
DEL DERECHO A LA EDUCACIÓN:
COMENTARIO A LA SENTENCIA
LAURIE SÁEZ
CON COLEGIO SAN JOSÉ LTDA.
Rodrigo Céspedes Proto*
1. Introducción:
Derecho Internacional y educación
La inf‌luencia del Derecho Internacional en nuestro Derecho Doméstico
ha sido particularmente dinámica en estos últimos años y varias ramas se
han visto afectadas, no sólo desde un punto de vista teórico sino, también,
práctico. De alguna manera, el Derecho Internacional de los derechos hu-
manos es hard-law desde la modif‌icación del artículo 5º de nuestra Carta
Fundamental. En el pasado, los aspectos en que el Derecho Internacional
tenía alguna importancia se limitaban a las extradiciones, los exequaturs,
el transporte internacional o el asilo político. Actualmente, el Derecho
Internacional está presente en la litigación cotidiana en áreas como De-
recho de Familia y Menores; tributación1, responsabilidad del Estado2;
recursos naturales, ambiente e indígenas3 o Derecho Penal4.
Los derechos económicos, sociales y culturales no han escapado a esta
revolución y, tímidamente, parecen abrirse paso. Dentro de esa categoría, la
educación no sólo ha sido objeto del debate político reciente sino, también,
ha tenido su lugar en el foro desde hace unos años. Cuestiones como la
* PhD candidate Law School, Lancaster University. Correo electrónico: r.cespedes-
pro to@lancaster.ac.uk
1 “Ditec Ltda. con Aduana de Osorno”, 2003, p. 215 y ss., con comentarios de
Eduardo Soto Kloss y nuestro.
2 “C u m s i ll e co n F i s c o d e C h i l e” , 2 0 0 8 , C o r t e d e S a n M i g ue l , a p e la c i ó n , ro l 66 0 - 2 0 07 .
3 En materia de recursos naturales, “Agua Mineral Chusmiza SAIC con Comunidad
Indígena Aymará de Chusmiza y Usmagana”, 2009; en materia ambiental, por ejemplo,
“Comunidad Indígena Antú Lafquén de Huentetique con Corema de la Región de los
Lagos”, 2012.
4 En materia de responsabilidad penal adolescente y derechos del niño, véase
“L.E.T.M. con Juez de Garantía de Concepción”. Desde luego, los casos sobre desapariciones
du rante el gobierno militar.
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