Procedimieuto general de protección de los derechos del consumidor. Análisis y observaciones - Núm. 3, Julio 2006 - Colección de Derecho Privado - Cuadernos de Análisis Jurídico - Libros y Revistas - VLEX 399722218

Procedimieuto general de protección de los derechos del consumidor. Análisis y observaciones

AutorJuan Barahona Barahona
Páginas299-338
PROCEDIMIENTO
GENERAL
DE
PROTECCIÓN
DE
LOS
DERECHOS
DEL
CONSUMIDOR
ANÁLISIS
Y
OBSERVACIONES
Juan
Sebastián
Barahona
Barahona
En
el
año
2004
se
publicó la última modificación
que
se
ha realizado hasta
ahora a la
LPC
a
través
de
la ley
la
cual
introdujo materias
no
contempladas hasta
ese
momento,
tajes
como;
el
acceso
a la infonnación
básica comercial, la regulación expresa
de
la publicidad
falsa
o engañosa,
el
derecho a retracto
en
contratos
específicos,
entre
otras
materias.
Un
tema importante
fue
la inclusión del denominado procedimiento
es-
pecial para la protección
del
interés colectivo y
difuso'.
Este
tipo
de
acciones
son
aquéllas
en
las
cuales
sus
titulares
son
un
grupo, categoría o
clase
de
per-
sonas,
ligadas
entre
o con la parte contraria por una relación
de
base
como,
por ejemplo, cuando varias personas, actuando individualmente, contratan
con una
misma
empresa.
Se
trata
de
situaciones
en
donde cada consumidor
cautela
su
propio interés, siendo similar
al
de
otros consumidores'.
Este
tipo
J
En
relación
con
el
procedimiento.
la
reforma
a
la
LPC,
sustituyó
en
su
totalidad
el
titulo
IV
referente
a:
"Del
Procedimiento
a
que
da
lugar
la
aplicación
de
esta
ley"
por
"Del
Procedimiento
a
que
da
lugar
la
aplicación
de
esta
ley y
del
procedimiento
para
la
defensa
del
Interés
Colectivo
o
Difuso".
Este
reemplazo
no
sólo
es
en
la
fanna
sino
en
el
fondo,
debido
a
que
el
procedimiento
de
la
LPC,
antes
de
la
modificación,
señalaba
expresamente
los
pasos
que
debían
seguir
y
atenerse
los
consumidores
en
la
eventualidad
de
iniciar
un
juicio.
Es
decir,
se
establecía
un
procedimiento
especial
para
la
LPC,
pero
como
estas
causas
se
ventilan
ante
los
juzgados
de
policía
local,
tal
procedimiento
originaba
problemas
en
cuanto
a
la
sistematización
con
las
otras
materias,
que
también
se
llevan
a
cabo
en
los
mencionados
tribunales,
Ese
hecho
originó
que
el
procedimiento
de
la
LPC
cayera
en
desuso
y,
por
lo
tanto,
se
aplicara
el
procedimiento
establecido
en
la
"sobre
procedimiento
en
los
juzgados
de
policía
local",
Razón
por
la
cual
se
derogaron
todos
los
articulas
que
regulan
al
antiguo
procedimiento,
y
fueron
reemplazados
por
nuevas
normas.
En
este
sentido,
el
3rt
50
B,
inciso
segundo,
establece
que
en
lo
no
previsto
en
el
presente
párrafo
(sobre
normas
generales)
se
estará
a
los
dispuesto
en
laley
18,287
y,
en
subsidio,
a
las
normas
del
Código
de
Procedimiento
el
cual
da
reglas
que
son
de
carácter
general,
comunes
a
todo
procedimiento,
y
que,
por
lo
tanto,
se
aplican
en
los
juicios
tanto
civiles
como
especiales,
a
modo
de
ejemplo:
el
caso
del
procedimiento
de
la
LPc,
2 Daniela HORTVm
LENNON
y Lorena
PAVIC
JIMÉNEZ,
Protección
al
consumidor
en
Chile,
memoria
para
optar
al
grado
de
Licenciado
de
Ciencias
Jurídicas
y
Sociales,
Santiago,
Universidad
de
Chile,
1999,
p.
278.
299
Juan
Scbastián
Baralw1Ul
Baralw1Ul
de
acciones
difiere
a
las
que
se
interponen
con
el
fin
de
cautelar
el
interés
individual.
Por
lo
tanto,
las
acciones
de
interés individual
son
aquéllas
que
se
promueven exclnsivamente
en
defensa
de
los
derechos
del
consumidor
afectado.
Para hacer
efectiva
tal
acción,
el
consumidor debe acudir ante
los
juzgados
de
policía
local
respectivos, competentes para conocer
de
dichas
materias.
Pero,
es
en
este
lugar,
donde
se
presentan problemas
de
relevancia con re·
lación
al
procedimiento.
Respecto
a
ello,
entre
los
meses
de
junio y noviembre
del
año 2005,
formé
parte
activa
en
el
proyecto FOND
ECYT
1050882:
"La
eficacia
del
control
de
cláusulas
abusivas
en
contratos por adhesión en
el
ordenamiento juridico
chileno",
desarrollado por la Fundación Fernando
Fueyo
Laneri
de
la
facultad
de
Derecho
de
la Universidad
Diego
Portales.
Dicho
estudio
se
realizó
en
los
juzgados
de
policía
local
más
representativos
de
la
Región
Metropolitana,
con
la finalidad
de
establecer la cantidad
de
denuncias
que
ingresaron durante
los
años
2002-2004 donde
se
invocara
como
causal
de
infracción a
las
cláusulas
abusivas
en
los
contratos por adhesión.
Por
tal
motivo,
tuve
la oportunidad
de
adqnirir conocimientos y experiencias
que
me
fueron aportadas por
los
propios agentes
qne
intervienen en la aplicación
de
la
LPC,
no
tan
sólo
en
sede procesal
sino,
también, en extrajudicial,
como
lo
son
las
asociaciones
de
consumidores y
el
SERNAC.
Es
por
ello
que
el
objetivo
central
de
este
estudio
será exponer la situación
a la
cual
se
ve
expuesto aquel consumidor
que
se
siente lesionado o vulnerado
en
sus
derechos
y,
al
acudir
ante
las
autoridades competentes,
se
encuentra
con
un sistema
ajeno,
del
cual
no
tiene
conocimiento'.
I.INSTANCIAS
EXTRAJUDICIALES
PARA
LA
DEFENSA
DEL
INTERÉS
INDIVIDUAL
DEL
CONSUMIDOR
En
la actualidad,
los
seres
humanos desarrollamos
un
sinnúmero
de
tran-
sacciones, dentro
de
las
cuales
podemos vemos expuestos a situaciones
des-
agradables,
tales
como
la
vulneración
de
nuestros derechos; a ser
victimas
de
una maquinación por parte
de
un
proveedor
o,
bien,
ser
perjudicados en
nuestros
intereses.
En
este sentido,
los
consumidores tienen distintos caminos a seguir
con
la
finalidad
de
que
sean reestablecidos
sus
derechos, porque
si
éstos
se
3
Se
debe
hacer
presente
que
en
este
seminario
se
vaa
prescindir
el
estudio
de
las
acciones
de
interés
colectivo
y
difuso,
centrándonos,
principalmente,
en
las
acciones
individuales
que
se
ventilan
en
los
juzgados
de
policía
local.
300
PROCEDlM!ENTO
GENERAL
DE
PROTECCIÓN
DE
ms
DERECHOS
DEL
CONSUMIDOR.
ANillsIS
y
OBSERVACIONES
mantienen en forma inactiva -tanto
los
proveedores
como
las
autoridades
respectivas-,
no
tendrán conocimiento
de
las
situaciones
que
los aquejan
y,
por ende, presumirán
que
no
existe ningún
tipo
de
mconvemente entre
las
partes ya
citadas.
Según
lo
dicho,
si
el
problema
se
hubiera originado con alguna empresa
que
desarrolle actividades vinculada
con
los
servicios
ya
sea
tele-
comunicaciones, electricidad o servicios sanitarios, o tamblen con alguna
ISAPRE
el
consumidor tiene distintas alternativas a
seguir,
tales
como:
la
de
acudir ante la propia empresa, o
",si
no
obtiene resultados en ella-
dirigirse
ante la superintendencia correspondiente'.
Si
el
inconveniente
se
presentó
con
algún
proveedor, la vía
es
esencialmente concurrir ante qnien
le
ha
oca-
sionado
el
perjnicio.
En
caso
que
los
consumidores
no
obtengan resnltados
favorables
con
re-
lación a
sus
inqnietudes o problemas,
existe
aún la posibilidad
-en
el
ámbito
extrajudicial-
de
hacerse asesorar por alguna
de
las
dieciséis
asociaciones
de
consumidores existentes en
el
país o acudir ante
el
SERNAC,
el
cual
desarro-
lla -por mandato legal- una instancia mediadora entre
el
consumidor y
el
proveedor
(no
obligatoria).
II.
EL
PROCEDIMIENTO
DE
PROTECCIÓN
AL
CONSUMIDOR
EN
SEDEJURlSDICCIONAL
Primeramente,
el
consumidor, antes
de
ejercer
su
legitimo derecho
de
ini-
ciar una acción judicial, debe tener presente
algunas
cuestiones necesarias
para la debida prosecución
del
proceso en sede judicial, dentro
de
las
cuales
encontramos:
A.
La
legitimación
activa
La
normativa
del
consumidor entrega la
facultad
de
recurrir
ante
los
tribunales
competentes con
el
fin
de
que
éstos
reestablezcan
el
imperio
del
Derecho.
El
arto
1,
1
de
la
LPC
dispone quienes son consumIdores o usuanos:
las
perso-
nas naturales o jurídicas
que,
en virtud
de
cualqnier
acto
oneroso,
adqU1eran,
utilicen o disfruten,
como
destinatarios
finales,
bienes o servicios.
Según
lo
anterior,
se
entiende
que
estamos
frente
a
un
consumidor cuando
una persona natural adquiere algún bien o producto, y frente a un usuano
4
Desarrollado
en
profundidad
en
Juan
Sebastián
BAAAHONA
BARAHONA,
general
de
protección
de
los
derechos
del
y
obsen:aciones",
Santiago,
Universidad
Diego
Portales,
Facultad
de
CIenC1asJundicas
y
SOCtales,
2005,
pp.
6
37.
301

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR