Proyecto que crea ministerio de familia y desarrollo social - Núm. 299, Octubre 2018 - Revista Libertad y Desarrollo - Libros y Revistas - VLEX 743281689

Proyecto que crea ministerio de familia y desarrollo social

Páginas29-29
Octubre 2018 /Nº 299 29
CONGRESO
Digno de aprobación sin modicaciones
Digno de aprobación con modicaciones menores
Requiere mejoras sustanciales
debe ser reformulado íntegramente
No debiera ser aprobado (idea de legislar objetable)
PROYECTO QUE CREA MINISTERIO
DE FAMILIA Y DESARROLLO SOCIAL
l proyecto de ley in-
gresado por el Presi-
dente Piñera, junto
con cambiar la deno-
minación del Ministe-
rio de Desarrollo Social, por el de
Ministerio de Familia y Desarrollo
Social, pretende colocar al centro
de la política social el apoyo y el
fortalecimiento de la familia. Para
ello, el Ministerio deberá velar no
sólo por las personas y grupos
vulnerables, sino también por las
familias como nuevo sujeto de
protección social. Asimismo, se
incorpora el “enfoque familiar” en
la coordinación de las políticas,
planes y programas sociales. Di-
cho enfoque implica una mirada
integral del individuo, considerán-
dolo no como un ser aislado, sino
como parte de un entorno, lo que
resulta relevante para compren-
der y abordar ecazmente las
situaciones de vulnerabilidad. Sin
embargo, es importante aclarar
que este nuevo enfoque no impli-
ca que el Ministerio deje de pres-
tar asistencia a aquellas personas
que no se encuentran insertas en
un grupo familiar.
Por otro lado, el proyecto incor-
pora a la clase media en riesgo
de caer en vulnerabilidad como
nuevo sujeto de la política so-
cial. Dicha inclusión es acertada
Ea la luz de la evidencia presen-
tada por un informe de la OCDE
de junio de este año, el cual,
junto con mostrar una notoria
mejora de la calidad de vida de
gran parte de la población, evi-
dencia la inestabilidad de con-
servarla ante la contingencia de
eventos desafortunados. La ma-
terialización de esta ayuda en
forma de seguros ante el riesgo
de eventos desafortunados, sin
embargo, debería indicarse a
nivel legal, evitando así que se
tienda a una política asisten-
cialista y que desenfoque el rol
del Ministerio a quienes más lo
necesitan, los pobres y vulnera-
bles, que siguen siendo un 30%
de nuestra población.
Finalmente, el establecimiento
de la periodicidad y criterios de
evaluación de los programas
sociales por medio de un Regla-
mento y el uso de la información
para la elaboración de la Ley de
Presupuesto y por la Dirección de
Presupuestos (DIPRES) para sus
nes propios, son fundamentales
en aras del control de la ecacia
de los programas y de la ecien-
cia en el uso de los recursos pú-
blicos, sin perjuicio de la debida
protección de los datos persona-
les que garantiza adecuadamen-
te el proyecto de ley.
En suma, las modicaciones pro-
puestas a la legislación van en la
línea correcta, pero resulta im-
prescindible que el nuevo enfo-
que se materialice en iniciativas y
programas concretos y que el di-
seño y la implementación de los
mismos sean los adecuados, para
que se logren los nes de promo-
ción social, equidad y superación
de la pobreza buscados por el Mi-
nisterio. Por estos mismos nes,
resulta necesario que la deni-
ción que se establece de familia
para efectos del proyecto sea de
carácter funcional, resaltando los
roles que dentro de ella se quie-
ren promover.
Las modif‌icaciones propuestas
a la legislación van en la
línea correcta, pero resulta
imprescindible que el nuevo
enfoque se materialice en
iniciativas y programas
concretos y que el diseño y la
implementación de los mismos
sean los adecuados, para que se
logren los f‌ines de promoción
social, equidad y superación
de la pobreza buscados por el
Ministerio.

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