Proyecto de Ley de Educación Superior - Núm. 280, Enero 2017 - Revista Libertad y Desarrollo - Libros y Revistas - VLEX 656880893

Proyecto de Ley de Educación Superior

Páginas24-24
REVISTA Nº280 • ENERO 2017
24
LYD / actividades
CONGRESO
C
Este es el último proyecto de la reforma educacional impulsada
por el actual gobierno y tiene por objeto realizar una reforma
profunda al actual sistema de educación superior de nuestro
país. Esta iniciativa, por una parte, desconoce las bondades y
beneficios que éste ha tenido a lo largo de su desarrollo y, por
otra, no se hace cargo necesariamente de aquellos aspectos
que debiesen ser perfeccionados. La creación de toda una
nueva institucionalidad conformada por diversos órganos
estatales con amplias facultades y de gran dependencia de
los gobiernos de turno, las nuevas y arbitrarias normas de
aseguramiento de la calidad, la regulación de un sistema
único de admisión controlado por el Estado y los mecanismos
que intentan la consagración en una ley permanente de la
gratuidad universal en educación superior, son sólo algunas
de las materias que este ambicioso proyecto pretende regular.
Lamentablemente, el nuevo sistema que se propone pone el
foco en las instituciones -principalmente en las estatales- y en el
fortalecimiento excesivo de los órganos del Estado, olvidando
que el destinatario final debe ser el estudiante. Asimismo, y de
manera paradójica, el proyecto vulnera una serie de principios
que dice garantizar y que son fundamentales para el buen
desarrollo de cualquier sistema de educación superior moderno
como la calidad, la autonomía institucional y la diversidad de
proyectos educativos. No es de extrañar entonces la fuerte y
transversal oposición que ha generado el proyecto. El riesgo
es claro: terminar homogeneizando la provisión de educación
superior, pretendiendo que la formación de los profesionales
del futuro requiriera sólo de seguir lo ordenado por órganos
estatales centralizados, cuestión que nos alejaría no sólo de
los mejores sistemas educativos del mundo, sino también de
lo que el país y la modernidad requieren.
El Proyecto de Ley que Reforma el Código de Aguas
comenzará su discusión en el Senado este mes. Su reciente
aprobación en la Cámara de Diputados dejó de manifiesto,
pese al largo debate que ha tenido esta iniciativa, la
profunda confusión sobre el fondo de ella. En lo sustancial,
el proyecto modifica la esencia del dominio al alterar dos
aspectos claves de la concepción que hoy se tiene de los
Derechos de Aprovechamiento de Aguas (DAA), primero en
cuanto a la temporalidad y segundo, respecto a la supresión
de uno de sus atributos, la disposición.
Sobre la base de la escasez, se atenta contra la necesaria
solidez que el derecho de propiedad tiene para el desarrollo
de distintas actividades económicas que utilizan las aguas,
versus enfocarse en el problema concreto que aqueja
nuestra realidad, la gestión de los recursos hídricos.
Los sectores productivos han manifestado su preocupación
en cuanto a la incertidumbre que genera el proyecto,
provocando incerteza jurídica en cuanto al régimen aplicable
a los DAA, donde se requiere de un marco jurídico estable para
proyectar y concretar inversiones que son de largo plazo.
El establecimiento de caducidades en acotados plazos de 4
y 8 años, el efecto retroactivo a través del caudal ecológico
y la facultad que se le entrega a la Dirección General de
Aguas (DGA) para permitirle revisar los DAA ya otorgados
de manera tal que si existiere riesgo de afectación del
acuífero o fuente superficial de donde se extrae, estos se
verían limitados en su uso o suspendidos temporalmente,
son válidas aprehensiones que hacen de esta reforma uno
de los proyectos más preocupantes que se tramita hoy en el
Congreso Nacional.
La discusión se ha centrado en lo ideológico, incrementando
el escenario de incertidumbre reinante, donde tendrán
que convivir derechos de primera y segunda categoría -el
perpetuo y la concesión- pese a que al legislador no le está
permitido poner condiciones que hagan imposible que sobre
las aguas exista un derecho de dominio propiamente tal.
PROYECTO DE LEY DE EDUCACIÓN SUPERIOR CÓDIGO DE AGUAS

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