La prueba - Derecho Procesal Penal Chileno II. Preparación del juicio, procedimientos especiales, ejecución de sentencias, acción civil - Libros y Revistas - VLEX 57261880

La prueba

AutorJulián López M.
Cargo del AutorProfesor asistente de Derecho Procesal , Universidad de Chile
Páginas65-228

Page 65

A Introduccion

La prueba puede ser definida en términos simples como un medio de verificación de las proposiciones de hecho que los litigantes formulan en el juicio. 1

Completando este núcleo básico, se puede decir que la prueba es una verificación de afirmaciones que se lleva a cabo utilizando los elementos o fuentes de prueba de que disponen las partes y que se incorporan al proceso a través de medios de prueba y con arreglo a ciertas garantías. 2

La primera afirmación, que está implícita en la definición anterior, es que la prueba no consiste en averiguar , sino en verificar. 3 Esta constatación resulta útil para efectuar desde ya una precisión que es crucial para la comprensión del sistema procesal penal de la reforma: la prueba en el proceso penal únicamente tiene lugar en la etapa del juicio oral. 4 Es aquí donde el Page 66 tribunal verifica las afirmaciones en las cuales se basan la acusación y la defensa. Como veremos, toda la actividad que precede al debate contradictorio y que se lleva a cabo durante la etapa de investigación no constituye propiamente actividad probatoria destinada a verificar hechos, sino lisa y llanamente actividad de instrucción destinada a averiguarlos, lo que exige reconocer las diferencias existentes entre los actos desarrollados en cada una de dichas etapas. 5

El segundo aspecto que resulta necesario destacar en esta definición dice relación con la distinción que en ella se insinúa entre elementos y medios de prueba, la que nos resultará de particular utilidad al estudiar los nexos entre los actos de investigación y los actos de prueba . En esta obra llamaremos "elemento de prueba" a "todo dato objetivo que se incorpora legalmente al proceso, capaz de producir un conocimiento cierto o probable acerca de los extremos de la imputación delictiva"; 6 por medio de pruebaPage 67 entenderemos, en cambio, "el procedimiento establecido por la ley tendiente a lograr el ingreso del elemento de prueba en el proceso". 7

El tercer aspecto a destacar está relacionado con la existencia, a través del concepto de medios de prueba, de un procedimiento para la incorporación de los elementos de prueba al proceso, que debe respetar un cúmulo de garantías y que tienen que ver con su licitud. Los medios de prueba son, de esta manera, un procedimiento formal para la incorporación de elementos probatorios, que está regido por ciertas garantías, y que tiene su razón de ser en la necesidad de controlar los instrumentos de los que se vale el juzgador para adquirir conocimiento de los hechos. 8 Como explica VEGAS TORRES , "Este control es necesario en dos vertientes: por un lado, para asegurar que el convencimiento del juzgador se basa en medios racionalmente aptos para proporcionar el conocimiento de los hechos y no en meras sospechas o intuiciones ni en sistemas de averiguación de corte irracional o comúnmente tenidos como de escasa o nula fiabilidad; por otro, para asegurar que los elementos que el juzgador ha tenido en cuenta en la formación de su convencimiento se han producido con respeto de las garantías constitucionales y legales...". 9

Page 68

1. Actos de investigación y actos de prueba
1.1. Concepto

Actos de investigación son aquellos actos realizados durante la etapa de investigación por los intervinientes, o la policía, que tienen por objeto obtener y recoger los elementos de prueba que serán utilizados en forma mediata para verificar las proposiciones de los litigantes durante el juicio y en forma inmediata para justificar, con grado de probabilidad, las resoluciones que dictará el juez de garantía durante las etapas preliminares del procedimiento. 10 Actos de prueba son, en cambio, todos aquellos actos realizados por los intervinientes durante la etapa intermedia y el juicio oral con el objeto de incorporar los elementos de prueba tendientes a verificar sus proposiciones de hecho. 11 Cuando se trata del acto de prueba de la parte acusadora, la finalidad es persuadir al tribunal, con grado de certeza, acerca de todos y cada uno de los extremos de la imputación delictiva; cuando se trata del acto de prueba de la parte acusada, la finalidad es cuestionar la posibilidad de adquirir certeza sobre uno o más de los extremos de esa imputación. 12

En general, el Código Procesal chileno se refiere a los actos de investigación, con el nombre de actuaciones 13 o diligencias , 14Page 69 aunque ocasionalmente une ambos términos tratándolos como sinónimos. 15 Ocasionalmente, los denomina también trámites. 16 A su vez, los elementos probatorios se identifican en el Código con el término antecedentes . 17 Por otra parte, el Código utiliza con bastante precisión los términos prueba 18 y medios de prueba, reservándolos para...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR