Corte Suprema, 30 de junio de 1999. Ramón Mauricio González Rubilar (recurso de amparo) (apelación) - Núm. 2-1999, Mayo 1999 - Revista de Derecho y Jurisprudencia y Gaceta de los Tribunales - Libros y Revistas - VLEX 227760590

Corte Suprema, 30 de junio de 1999. Ramón Mauricio González Rubilar (recurso de amparo) (apelación)

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Conociendo del recurso de apelación deducido,

LA CORTE

Vistos y teniendo únicamente presente:

Que según aparece del mérito de los antecedentes tenidos a la vista, Ramón Mauricio González Rubilar ha permanecido en total, a la fecha, 94 días privado de libertad, contado desde el 29 de marzo del año en curso, fecha en que se le dio orden de ingreso por el Segundo Juzgado del Crimen de Concepción, según consta a fojas 46 vuelta de los autos rol Nº 4912 de dicho juzgado, tiempo con el cual debe darse por cumplida la pena que por el delito de manejo en estado de ebriedad le fuera impuesta en los autos aludidos, y respecto del proceso por receptación de especies, tramitado ante el Cuarto Juzgado del Crimen de Concepción fue decretada su libertad bajo fianza.

Que, en las condiciones expuestas, al mantenerlo privado de libertad es evidente que se ha conculcado la Garantía Constitucional que impetra.

Por estos fundamentos se revoca la sentencia de dieciséis de junio del año en curso, escrita a fojas 26 y se declara que se acoge el recurso de amparo deducido en favor de Ramón Mauricio González Rubilar.

Ofíciese para su inmediata libertad si no hubiere otro motivo que autorizase su reclusión.

No se dispone lo previsto en el artículo 311 del Código de Procedimiento Penal, por no haber mérito suficiente para ello.

Déjese copia autorizada en los procesos tenidos a la vista y hecho, devuélvanse.

Regístrese y archívese.

Rol Nº 2.101-99.

Luis Correa B., Alberto Chaigneau del C., Enrique Cury U., José Luis Pérez Z. y Vivian Bullemore G.

La Corte de Apelaciones

Concepción, dieciséis de junio de mil novecientos noventa y nueve.

Vistos:

Ha recurrido de amparo el letrado don Luis Oróstica Muñoz, domiciliado en Barros Arana 971, oficina 9, Concepción, en favor de Ramón Mauricio González Rubilar, fundado en que éste se encuentra ilegal e injustamente privado de libertad por Gendarmería de Chile.

Explica que la Primera Sala de esta Corte concedió la libertad provisional a su defendido en la causa rol 13.923 por el delito de receptación, y determinado el monto de la fianza y decretada su libertad por el Cuarto Juzgado del Crimen de Concepción, las autoridades de Gendarmería de Chile no le permitieron su salida del penal argumentando que tendría una condena pendiente de 61 días por delito de manejo de vehículo motorizado enPage 174estado de ebriedad, impuesta por sentencia dictada por el Segundo Juzgado del Crimen de Concepción.

Arguye que dicha condena...

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