Reajuste del Capital Propio Inicial - Núm. 56, Febrero 2018 - Manual ejecutivo tributario - Libros y Revistas - VLEX 707154293

Reajuste del Capital Propio Inicial

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MANUAL EJECUTIVO TRIBUTARIO
4.- Costo de Reposición de Mercaderías adquiridas en el extranjero al 31.12.2017
El costo de reposición tributario de aquellos bienes adquiridos en el extranjero
respecto de los cuales exista internación de los de su mismo género, calidad y
características durante el segundo semestre del año 2017, será equivalente al valor
de la última importación.
• Respecto de aquellos bienes adquiridos en el extranjero en que la última internación
de los de su mismo género, calidad y características se haya realizado durante el
primer semestre del año 2017, su costo de reposición tributario será equivalente al
valor de la última importación, reajustado en la variación porcentual semestral de la
moneda extranjera de que se trate, según Cuadro del Nº 1 anterior.
• Tratándose de aquellos bienes adquiridos en el extranjero y de los cuales no exista
importación para los de su mismo género, calidad o características durante el año
2017, su costo de reposición tributario será equivalente al valor de libros existente
al término del año anterior reajustado en la variación porcentual anual de la moneda
extranjera de que se trate, según Cuadro del Nº 1 anterior.
5.- Reajuste del Capital Propio Inicial
Para ejercicios iniciados el 1º de Enero 2017 y nalizados al 31 de Diciembre del año
2017, el Capital Propio Inicial debe reajustarse en un 1,9%.
6.- Porcentajes y Factores de Actualización Directos
MES EN QUE OCURRIÓ EL PORCENTAJE FACTOR ACTUALIZACION
HECHO DE LA ACTUALIZACIÓN DE REAJUSTE DIRECTO
ENERO 2017 2,1% 1,021
FEBRERO 2017 1,6% 1,016
MARZO 2017 1,3% 1,013
ABRIL 2017 0,9% 1,009
MAYO 2017 0,7% 1,007
JUNIO 2017 0,6% 1,006
JULIO 2017 1,0% 1,010
AGOSTO 2017 0,7% 1,007
SEPTIEMBRE 2017 0,5% 1,005
OCTUBRE 2017 0,7% 1,007
NOVIEMBRE 2017 0,1% 1,001
DICIEMBRE 2017 0,0% 1,000
NOTA: Se hace presente, que de acuerdo a las disposiciones que rigen el sistema
de corrección monetaria de la Ley de la Renta, cuando el porcentaje de reajuste da
como resultado un valor negativo, dicho valor no debe considerarse, igualándose
éste a un valor cero (0), normativa que rige tanto para los efectos de la aplicación
de las normas sobre corrección monetaria para ejercicios o períodos nalizados al
31 de diciembre de cada año como para los términos de giro y demás situaciones
de reajustabilidad que establece dicho texto legal.

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