Rebaja dieta parlamentaria y remuneración de autoridades
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Digno de aprobación sin modicaciones
Digno de aprobación con modicaciones menores
Requiere mejoras sustanciales
debe ser reformulado íntegramente
No debiera ser aprobado (idea de legislar objetable)
REBAJA DIETA PARLAMENTARIA Y
REMUNERACIÓN DE AUTORIDADES
ado el complejo
momento por el
cual atraviesa nues-
tro país y la crisis de
legitimidad que pa-
dece nuestra clase política, los par-
lamentarios resolvieron avanzar
decididamente en la tramitación
de proyectos de ley que apuntan
a rebajar las dietas parlamentarias,
incluyendo, asimismo, las remu-
neraciones de otras autoridades,
a n de dar una señal política de
austeridad a la ciudadanía. Obser-
vamos con preocupación, no obs-
tante, que dada la premura que se
ha instalado por legislar sobre esta
materia, pudieran quedar desaten-
didas ciertas consideraciones que
son relevantes y que tendrán im-
pacto en el largo plazo.
En concreto, el proyecto de ley
aprobado recientemente por
la Cámara de Diputados, en su
primer trámite constitucional,
deroga el artículo 62 de la Cons-
titución Política de la República
(CPR) que regula la dieta parla-
mentaria e introduce al artículo
8º de la CPR -relativo al principio
de transparencia y probidad en
la función pública- nuevos incisos
en orden a establecer que son
públicas las remuneraciones y die-
tas de las autoridades y jefaturas
de la Administración del Estado
y de los órganos comprendidos
en los capítulos IV (Gobierno), V
(Congreso Nacional), VI (Poder Ju-
dicial), VII (Ministerio Público), VIII
D(Tribunal Constitucional), IX (Ser-
vel), X (Contraloría), XI (Fuerzas
Armadas y de Orden y Seguridad),
XII (COSENA), y XIV (Gobierno y
Administración Interior del Esta-
do), y de las empresas y univer-
sidades del Estado, las cuales se-
rán jadas cada cuatro años por
una comisión integrada por dos
miembros designados por el Con-
sejo de la Alta Dirección Pública,
dos miembros designados por el
Banco Central y un miembro de-
signado por el Presidente de la Re-
pública. Para el desarrollo de esta
función, el Banco Central actuará
como secretaría técnica de esta
comisión. Asimismo, se aprobó re-
bajar transitoriamente en un 50%
las dietas y remuneraciones de las
autoridades de los órganos de Go-
bierno, Congreso Nacional y Go-
bierno y Administración Interior
del Estado, salvo los alcaldes, con-
cejales y consejeros regionales.
Finalmente, la Sala de la Cámara
de Diputados rechazó la rebaja en
un 50% de las remuneraciones de
las autoridades del Poder Judicial
y de las asignaciones parlamen-
tarias, como se había propuesto
previamente por la Comisión de
Constitución.
Un primer punto a tener en con-
sideración en relación al proyecto
de ley es que éste afecta un nú-
mero muy amplio de autoridades,
sin considerar las diferencias exis-
tentes entre éstas, lo que puede
llevar también a que se generen
distorsiones en la escala de remu-
neraciones de los diversos orga-
nismos afectados con la iniciativa.
Ello se agrava con la aprobación
de la rebaja transitoria en un 50%
de las remuneraciones de diversas
autoridades, sin atender a consi-
deraciones como el mérito para
acceder a los cargos.
Un segundo punto dice relación
con el órgano técnico encargado
de determinar las remuneracio-
nes de las autoridades. Si bien
resulta positivo que nalmente se
haya aprobado que sea otra comi-
sión técnica externa -distinta del
Banco Central, como se planteó
inicialmente- quien asuma dicha
función y revise cada cuatro años
las remuneraciones, hay aspectos
que aún deben evaluarse, como,
por ejemplo, que la Secretaría Téc-
nica sea el Banco Central, cuya mi-
sión es velar por la estabilidad de
la moneda. Parece más apropiado
que sea el Servicio Civil quien asu-
ma dicha función.
Finalmente, y sin perjuicio que la
iniciativa presenta también ciertos
conictos de constitucionalidad
por tocar materias de iniciativa
exclusiva presidencial, la cuestión
de fondo que se ha planteado
merece una reexión seria. Más
allá de la señal de austeridad que
se persigue, debe velarse espe-
cialmente porque se generen los
incentivos correctos para atraer
a personas de alta preparación y
experiencia profesional a cargos
públicos, al tiempo de no gene-
rar incentivos perversos (posibles
riesgos de corrupción) que hace
algunos años hubo que remediar.
Asimismo, deben sopesarse los
múltiples factores que inciden, ta-
les como la dedicación exclusiva
en el ejercicio del cargo; el costo
de oportunidad; las posibilidades
y dicultades para la remoción
del cargo; las responsabilidades
que asumen, individual y colecti-
vamente, y el carácter técnico o
político del cargo.
En denitiva, no se trata entonces
sólo de dar una señal política de
austeridad. Es fundamental que
exista una discusión seria, alejada
del oportunismo político, que con-
sidere criterios objetivos y transpa-
rentes en la determinación de las
remuneraciones y que sopese los
benecios y las externalidades.
CONGRESO
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