El reclamo de ilegalidad de la Ley Orgánica de Municipalidades - Derecho Municipal Chileno - Libros y Revistas - VLEX 350395394

El reclamo de ilegalidad de la Ley Orgánica de Municipalidades

AutorJosé Fernández Richard
Cargo del AutorProfesor de Derecho Urbanístico, Universidad de Chile
Páginas163-173
163
1. CONSIDERACIONES PREVIAS
La Ley Nº 11.860 sobre organización y atribuciones de las munici-
palidades contenía en sus arts. 115 y siguientes un procedimiento
al parecer contencioso-administrativo, aplicable a las resoluciones
de los alcaldes y municipios.
El DL Nº 1.289 lo amplió no sólo contra las resoluciones y omi-
siones de los alcaldes, sino también contra las de sus funcionarios
(art. 5º transitorio) y finalmente la Ley Nº 18.695, Orgánica Consti-
tucional de Municipios, lo contempló en su título final, art. 140.
Para determinar la naturaleza jurídica de este recurso, es
previo hacer algunas consideraciones. Hay que tener presente la
diferencia entre los recursos administrativos y los contencioso-
administrativos.
El recurso administrativo es aquel que deduce el administra-
dor ante el propio órgano administrativo. En este caso, no hay
contienda entre partes.
El recurso contencioso-administrativo constituye la acción que
ejerce el particular ante el órgano jurisdiccional para que éste
modifique o deje sin efecto una resolución ilegal.
Este recurso contencioso-administrativo se clasifica en: 1) Sub-
jetivo o de plena jurisdicción; 2) Objetivo o de nulidad.
A. Recurso subjetivo
Persigue la protección de los derechos subjetivos violados por
un acto o mero hecho de la administración; así por ejemplo,
en el caso de una orden de demolición de un inmueble que al
C A P Í TU L O DE C I M ON O V E NO
EL RECLAMO DE ILEGALIDAD DE LA LEY
ORGÁNICA DE MUNICIPALIDADES

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