Reconsideración administrativa. De multa. Plazo. Dias habiles ordinario n°253/001, de 14.01.2020 - Núm. 81, Marzo 2020 - Manual ejecutivo laboral - Libros y Revistas - VLEX 845631821

Reconsideración administrativa. De multa. Plazo. Dias habiles ordinario n°253/001, de 14.01.2020

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MANUAL EJECUTIVO LA BO RAL
3.- RECONSIDERACIÓN ADMINISTRATIVA. DE MULTA. PLAZO. DIAS HABILES
MATERIA: 1.- El plazo para solicitar la reconsideración de las multas
administrativas cursadas por inspectores del trabajo, al tenor del articulo 512 del
Código de! Trabajo, es de días hábiles administrativos. 2.- El plazo para solicitar
la sustitución de multas administrativas cursadas per inspectores del trabajo, al
tenor del articulo 50ó ter del Código del Trabajo, es de dlas hábiles administrativos.
3.- El plazo contemplado en el articulo 508 del Código del Trabajo es de días
hábíles administrativos.
ORDINARIO N°253/001, DE 14.01.2020
Per necesidades del Servicio, se ha estimado necesario emitir un pronunciamiento
juridico sobre los plazos previstos por los articulos 512, 50ó ter y 508 del Código
del Trabajo.
1. Articulo 512 del Código del Trabajo
El artículo 512 del Código del Trabajo establece que:
“Artículo 512: El Director del Trabajo hará uso de esta facultad mediante resolución
fundada, a solicitud escrita del interesado, la que deberá presentarse dentro del plaza
de treinta dlas de noticada la resolución que aplicó la multa administrativa.
Esta resolución será reclamable ante el Juez de Letras de/ Trabajo dentro de quince
oles de noticada y en conformidad al artículo 474 de este Código”.
En refación a este articulo, es importante hacer presente el cambio de doctrina
contenido en el dictamen N°25. 891 de 16.10.2018, de la Contraloria General
de la Republlca, relative a la naturaleza juridica del plaza de 30 dias para
solicitar la reconsideración de una multa administrativa.
En efecto, el dictamen en cuestión sostiene, -acogiendo la tesis formulada por este
Servicio-, que: “el articulo 312 del Código del Trabajo, introducido por la mencionada
ley N°20.940, publicada con fecha 8 de septiembre de 2016, prescribe que todos los
plazas estab/ecidos en el Ubro IV, -referido a la negaciación coiecttve- son, par reg/a
general, de dias corridos.
La norma precitada, }unto con atras que la entidad recurrente cita de manera
ejemplar y que sealan expresamente terminos de dias corridos, permiten concluir
que, actualmente, el texto def Código def Trabajo ya no establece una reg/a general
y sistemeiice sabre los plazas que resulte aplicable en tada su extension, sino que,
respecto de aquellos articulos que no sealan la naturaleza def plaza, hebr« que
ilustrar su sentido de acuerdo al apartado que lo contenga o a la naturaleza del
pracedimienta que alli se regue.
Asi, def examen de las disposicianes previamente citadas, se colige que el plaza
cantenido en el articula 512 forma parte de un procedimiento administrativo

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