Interconexión de redes de agua potable - Núm. 3, Enero 2011 - Artículos de Libertades Públicas - Libros y Revistas - VLEX 496949302

Interconexión de redes de agua potable

AutorMartín Morales
Páginas80-80

Page 80

Publicado el 18 de abril de 2011 en libertadespublicas.org

En tiempo de escasez hídrica aumentan las probabilidades de verse comprometido el abastecimiento de agua potable para la población, por consiguiente toman importancia los mecanismos de que disponen las autoridades para asegurar la provisión de este vital elemento.

Actualmente existe un mecanismo en nuestro ordenamiento jurídico que tiene por objeto asegurar agua para el consumo humano, que por sus características puede ser efectivo para paliar la escasez del recurso en zonas afectadas por sequías o que poseen baja disponibilidad o, incluso, calidad de este recurso. Este mecanismo es la interconexión de instalaciones sanitarias o interconexión de redes, establecido en la Ley General de Servicios Sanitarios -artículo 47-.

La interconexión de instalaciones tiene por objeto garantizar la continuidad, en este caso, del suministro de agua potable prestado por parte de una concesionaria de servicio público sanitarios, que operan dentro del área urbana.

Este mecanismo puede ser aplicado, primero, por exigencia de la Superintendencia de Servicios Sanitarios (SISS) y, segundo, por petición expresa de una concesionaria sanitaria. En ambos casos la SISS debe emitir un pronunciamiento declarando imprescindible la interconexión para garantizar la continuidad del servicio.

La interconexión de redes es muy poco usada en nuestro país debido, por una parte, a las grandes inversiones que, en la mayoría de los casos, se requieren y, por otro, al...

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