Algunas Reflexiones sobre el Contenido de la Enseñanza del Derecho Penal en su Parte Especial
Autor | Jaime Campos Quiroga |
Páginas | 31-37 |
ideológicas- que a
la
sociedad
le
cabe también responsabilidad
en
la
p
ducción de los
delito_s,_
en
cuanto ella contiene y desarrolla,en
chos casos,
las
condIcIones para
su
comlslon, como son, por
ejemplO
I
estímulo del lucro,
la
extrema pobreza,
la
propaganda erótica,
la
exaít:_
ción de
la
violencia,
etc_
" . Este principio está consagrado en
el
Derecho
Penal
positivo
de muchos países.
En
Latinoamérica, por ejemplo,
lo
contemplan
Argen-
tina, Bolivia, Ecuador,
Méjico,
Perú y Paraguay.
El
latinoa_
mericano que mejor
lo
expresa es
el
de
Colombia,
al
disponer,
en
sus
ar-
tículos 64 y 65, que se considera como atenuante
la
indigencia y
como
agravante
la
posición distinguida del infractor. ' . ,
Termino insistiendo en
la
enorme importancia
de
estos
prin-
CIpIOS
para
la
formación jurídica en Derecho Penal y en
la
necesidad
de
que
el
alumno
se
empape de
su
cabal significado,
en
términos de
desem-
pe(iarse
el
día de' mañana
en
la
vida profesional o académica, o en
la
ta-
rea
judicial o legislativa
con
la
preparación técnica, ética y cultural,
que
debe caracterizar a
los
Licenciados
en
Derecho que desde nuestras
Cáte-
dras, contribu imos a formar.
30
ALGUNAS
REFLEXIONES SOBRE
EL
CONTENIDO
DE
LA
ENSE-
ÑANZA
DEL DERECHO PENAL
EN
SU PARTE ESPECIAL
ProL Ja i
me
Campos
Qu
iroga
INTRODUCCION
. Para .abordar esta materia consideramos necesario fijar,
en
forma prevIa y
Sin
mayor pretensión, ciertas premisas básicas que inci-
den en
el
tema, toda
vez
que ello facilita
el
desarrollo
de
las
reflexiones
que
se
vierten a continuación.
Y,
lo
hacemos, a riesgo de estar conscien-
tes que algunos
de'
estos problemas deberán ser estudiados latamente
·0
ya
lo
han sido- en otras jornadas de este Encuentro.
1.
La
primera consideración que es menester formular consis-
te
en determinar quiénes son
los
destinatarios de nuestros esfuerzos aca-
démicos: a qué
nivel
se
imparten los estudios
de
Derecho Penal; y cuál
es
el
objetivo
de
la
enseñanza de esta disciplina
en
nuestras Facultades.
Sobre
el
particular, partimos de
la
base que
se
trata de estu-
dios de Pre-Grado -como que nuestros alumnos son futuros Licenciados
en
Ciencias Jurídicas y Sociales,
la
mayoría de
los
cuales devendrá en
Abogadas que ejercerán su profesión en
el
Foro,
la
Magistratura o como
asesores en
el
sector público o en empresas particulares-;
de
manera que
no
estamos formando Juristas o Doctores en Derecho,
lo
que, por cierto,
no
obsta a que alumnos alcancen esas jerarquías por estudios pos-
teriores.
-
Luego,
en
torno
al
objetiVO
de
la
enseñanza del Derecho
bien sabemos que aqu í subyace
la
eterna disputa éntre quienes
que debe tener un carácter Formativo y
los
que ponen
su
acento en
la
naturaleza Informativa
de
la
cátadra, controversia que tradicionalmente
procuramos solucionar con una fórmula ecléctica que comprenda ambas
finalidades y que no excluya a ninguna.
Sin
embargo, habida considera-
ción
las
peculiares características de los programas de Derecho
Penal
Es-
pecial, asignatura que
se
dedica a estudiar y analizar
los
delitos en parti-
cular, estimamos que en esta parte debe privilegiarse
la
raigambre infor-
mativa del ramo -como que
lo
formativo en gran medida
se
satisface en
el
desarrollo de
la
Parte General-, tanto cuando
no
es
aconsejable que
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