Reflexiones sobre el estatuto de la víctima en el proceso penal italiano - Núm. 8, Julio 2012 - Revista de Derechos Fundamentales - Libros y Revistas - VLEX 456818874

Reflexiones sobre el estatuto de la víctima en el proceso penal italiano

AutorLuca Lupária
CargoDoctor en Derecho Procesal Penal, Universidad de Bologna, Italia
Páginas99-117
99
Revista de Derechos Fundamentales
- UNIVERSIDAD VIÑA DEL MAR - Nº 8 (2012), pp. 99-117
RESUMEN
ABSTRACT
* Doctor en Derecho Procesal Penal, Universidad de Bologna, Italia. Catedrático de
Derecho Procesal Penal, Università di Milano, Italia. luca.luparia@unimi.it
REFLEXIONES SOBRE EL
ESTATUTO DE LA VÍCTIMA EN
EL PROCESO PENAL ITALIANO
REFLECTIONS ABOUT THE STATUTE OF THE
VICTIM IN THE ITALIAN CRIMINAL PROCESS
LUCA LUPÁRIA*
El papel de la víctima en el sistema procesal italiano se presenta históricamente como algo
marginal y en la mayoría de los casos relacionado con el resarcimiento del daño que dicho
sujeto puede demandar por medio del ejercicio de la acción civil en el juicio penal. El artículo
expone el cambio de mentalidad que se está manifestando en Italia, tanto bajo el perf‌i l del re-
conocimiento de inéditos poderes de impulso a la víctima, como desde el punto de vista de su
protección contra los efectos de victimización secundaria, típicos del rito penal. En este marco,
el autor asigna un particular relieve a los estímulos procedentes de la comparación con otros
sistemas, a los efectos de la jurisprudencia de la Corte CEDU y a las obligaciones derivadas de
los actos normativos de la Unión Europea. En la parte f‌i nal del trabajo se afronta el riesgo de
que esta nueva atención por la víctima pueda tener consecuencias negativas en la salvaguardia
de las garantías fundamentales del imputado.
Palabras clave: Víctima, justo proceso, garantías defensivas, proceso penal italiano, Derecho de
la Unión Europea
The role of the victim in the Italian trial system appears historically marginal and generally
linked to the compensation for damage that such a subject may claim by exercising a civil action
in criminal proceedings. The article illustrates the change in mentality that is occurring in Italy,
both from the point of view of recognition of new powers for the victim and from the point of
view of the visual angle of his/her protection from the effects of secondary victimisation typical
of the penal system. In this area, the author attaches particular signif‌i cance to the forces coming
from the comparison with other systems, to the effects of the jurisprudence of the European
Court of Human Rights and the obligations deriving from the regulatory deeds of the European
Union. In the f‌i nal part of the work, the risk that this new attention for the victim may cause
negative repercussions for protecting the fundamental guarantees of the defendant is discussed.
Key words: Victim, fair trial, defence guarantees, Italian criminal process, Eec law.
Recibido: 13 de noviembre de 2012.
Aceptado: 4 de diciembre de 2012.
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Revista de Derechos Fundamentales
- UNIVERSIDAD VIÑA DEL MAR - Nº 8 (2012), pp. 99-117
LUCA LUPÁRIA /
Ref‌l exiones sobre el estatuto de la víctima en el proceso penal italiano
1. LA VÍCTIMA ARRINCONADA: ALGUNOS ASPECTOS
DEL SISTEMA
El papel actualmente asignado a la víctima en el proceso penal
italiano resulta ser la consecuencia directa –y no podría ser de otra
manera– del planteamiento cultu ral que ha caracterizado la línea
histórica del rito penal italiano. Efectivamente, aún hoy en día, el
ordenamiento está descontando el peso de la tradicional falta de con-
sideración mostrada respecto a este sujeto por los legisladores que se
han sucedido a lo largo del último siglo.
Es inútil entretenernos en este punto. Sería suf‌i ciente hojear los
documentos escritos a caballo entre los siglos XIX y XX por los re-
presentantes de la Escuela Positiva para encontrar la conf‌i rmación de
cómo, ya entonces, se denunciase un signif‌i cativo atraso en el aspecto
de la tutela de la persona que ha sufrido el delito. Ref‌l exiones que se
han repetido continuamente durante los siguientes lustros hasta el
inicio del nuevo milenio, tanto que un famoso congreso organizado
por la Accademia dei Lincei en el año 2000 presentaba un título muy
emblemático: “La víctima del delito: la gran olvidada”1. Una situa-
ción señalada en general por todas las intervenciones doctrinales que,
en varias fases y diferentes acentos2, con fuerza han remarcado las ca-
rencias y las lagunas existentes en el ámbito de los poderes de impulso
y de los instrumentos de protección del sujeto pasivo del delito3.
De alguna forma, la reticencia en utilizar el término “víctima
en el Código Procesal Penal –donde compareció solo en 2009, en
ocasión de la modif‌i cación del artículo 498 apartado 4-ter– resulta
signif‌i cativa. Por otra parte, la elección de dividir la unitariedad del
concepto en más de una versión y con palabras con un porcentaje de
tecnicismo mayor (“persona ofendida”, “dañado por el delito”, “parte
civil”) son factores que se pueden interpretar como síntomas de un
enfoque adecuado para marginalizar la posición en el interior de los
equilibrios del proceso.
Es innegable que en nuestro país la política legislativa respecto a
la víctima ha seguido desde siempre la vía del reconocimiento de un
1 La vittima del reato, questa dimenticata, Roma, 2001, 1.
2 PAULESU, P, “Persona offesa dal reato, en: Enc. dir., Annali II, Milano, 2008, 593.
3 TRANCHINA, Giovanni, “La vittima del reato nel processo penale”, en: Cass. pen.,
2010, 4051.

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