Régimen de Reconocimiento y Ejecución de Laudos Arbitrales en Chile: Análisis de su regulación y del sometimiento a exequátur a la luz de la Ley 19.971 - Núm. 13-1, Enero 2020 - Revista de Estudios Ius Novum - Libros y Revistas - VLEX 851668625

Régimen de Reconocimiento y Ejecución de Laudos Arbitrales en Chile: Análisis de su regulación y del sometimiento a exequátur a la luz de la Ley 19.971

AutorVicente Carrillo Venezian
Páginas156-196
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Régimen de Reconocimiento y Ejecución de Laudos Arbitrales en Chile: Análisis de su
regulación y del sometimiento a exequátur a la luz de la Ley 19.9711 2
[Recognition and Enforcement of Foreign Arbitral Awards in Chile: Regulation and
submission to the Exequatur proceeding with the Law No. 19.971]
VICENTE CARRILLO VENEZIAN3
RESUMEN: La tradición arbitral chilena ha sido una pieza fundamental en la resolución
alternativa de conflictos, lo cual se ha reflejado aún más en materia comercial internacional. En
efecto, Chile ha adoptado una serie de convenios internacionales que tienden a facilitar el
reconocimiento y posterior ejecución de laudos en otras jurisdicciones. Esto se refleja con
mayor claridad con la dictación de la Ley 19.971 sobre Arbitraje Comercial Internacional. No
obstante, la práctica jurisprudencial ha sido seguir aplicando anticuadas normas del Código de
Procedimiento Civil, en circunstancias en que es posible, a partir de la normativa vigente,
plantear un reconocimiento automático de laudos para ser ejecutados conforme a las reglas
generales, prescindiendo así del trámite denominado Exequátur.
PALABRAS CLAVE: Ejecución Laudo Arbitral Procedimiento de Exequátur Arbitraje
Comercial Internacional
ABSTRACT: Arbitration is an important method of dispute resolution in Chilean law, especially
in commercial transactions. This is the reason why the system has been adapted with modern
legislation regarding foreign arbitral awards, being Law No. 19.971 the best example. However,
courts still use outdated legislation to enforce foreign arbitral awards, in circumstances where
an automatic recognition can be raised using the most recent legislation, regardless of the
exequatur procedure.
KEY WORDS: Enforcement Arbitral Awards Exequatur Proceeding International
Commercial Arbitration
I. INTRODUCCIÓN
La inserción de Chile en el comercio internacional en los últimos años ha llevado a que
se firmen una serie de Tratados de Libre Comercio con distintas potencias internacionales en
materia mercantil, pasando a formar parte de una economía cada vez más abierta. En este
contexto de globalización de las economías nacionales y del fuerte intercambio entre ellas, es
que el arbitraje comercial ha pasado a tener un reconocimiento nunca antes visto, siendo el
método de resolución de conflictos de mayor uso entre partes que llevan a cabo una relación
mercantil internacional.
1 Memoria para optar al Grado de Licenciado en Ciencias Jurídicas por la Facultad y E scuela de Derecho de la
Pontificia Universidad Católica de Valparaíso, Chile, 2018.
2 Memoria dirigida por el Profesor Dr. Raúl Núñez Ojeda, Profesor de Derecho Procesal en la Facultad de
Derecho de la Pontificia Universidad Católica de Valparaíso.
3 Licenciado en Ciencias Jurídicas, Pontificia Universidad Católica de Valparaíso.
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Dicho escenario ha llevado a que los ordenamientos jurídicos nacionales adopten
legislaciones en sintonía con las prácticas mercantiles mundiales, así como ratificar
instrumentos internacionales en la materia que unifican en cierto modo este método de
resolución de controversias en materia comercial. Esto ha permitido transformar el escenario
arbitral en uno verdaderamente global. En este sentido, los esfuerzos internacionales han
llevado a cabo la elaboración de instrumentos que precisamente buscan acrecentar esta
globalización y permitir que las relaciones comerciales se lleven a cabo con mayor facilidad y
eficacia, favoreciendo además la libre circulación de sentencias.
En esta materia Chile no se ha quedado atrás. Precisamente, en Chile existe un largo
historial que permite afirmar que se cuenta con una tradición arbitral. Por ejemplo, el arbitraje,
como método de resolución de conflictos, aparece en la Ley Orgánica de Tribunales de 1875,
para luego asomar en el Código Orgánico de Tribunales de 1943 y el Código de Procedimiento
Civil de 1902. Nuestro sistema jurídico ha dado tempranamente entonces una estructura al
arbitraje como una forma alternativa a la justicia estatal, el cual ha sido acogido con fuerza por
la comunidad legal. En contratos comerciales, especialmente los más complejos y de mayor
cuantía, ha sido usual que las partes acuerden una cláusula arbitral, designando directamente a
uno o varios abogados destacados de la plaza como árbitros. Actualmente lo sigue siendo, pero
se utiliza cada vez más el arbitraje institucional, particularmente el Centro de Arbitraje de la
Cámara de Comercio de Santiago4.
Dentro de este contexto de globalización mercantil y tradición arbitral chilena, es
posible constatar que en nuestro país, a la fecha, existen diferentes normas legales que rigen al
reconocimiento y ejecución de los laudos arbitrales que son dictados en el marco de un
arbitraje comercial internacional, generando un entramado jurídico que, como se verá, ha
llevado a discusiones doctrinales en cuanto a la forma de proceder para ejecutar un laudo
arbitral extranjero en Chile. Dicha materia reviste de gran importancia, por cuanto la ejecución
de los laudos que provienen de un arbitraje comercial tanto en el exterior como en Chile es
esencial para ejercer derechos que de éstos emanan. En efecto, el hecho de que los laudos
puedan reconocerse y ejecutarse en distintos países, favoreciendo la libre circulación de
sentencias extranjeras, es uno de los elementos fundamentales para que las relaciones
mercantiles puedan llevarse a cabo. Esta es la razón por la cual la gran mayoría de los países en
los que personas jurídicas y naturales participan de estas relaciones comerciales han adoptado
en sus legislaciones normas que favorecen esta libre circulación, de manera de dar eficacia al
sistema y seguridad a las partes de dicha relación.
En esta misma línea, en nuestro ordenamiento jurídico es posible encontrar normas
sobre esta materia en el Código de Procedimiento Civil (en adelante CPCCh), la Ley de
Arbitraje Comercial Internacional de 2004 (en adelante LACI) y la Convención de Nueva York
de 1958 (en adelante Convención o Convención de Nueva York), la cual ha sido ratificada por
Chile, por cuanto es ley de la República. Así, encontramos con que el derecho chileno tiene
una reglamentación dualista, donde coexisten modelos de regulación al reconocimiento y
ejecución de laudos dictados en un proceso de arbitraje comercial internacional. Es por esta
razón, que la presente investigación abordará esta situación, analizando la regulación de los
4 IRARRÁZABAL, Jaime. Jurisprudencia acerca del reconocimiento en Chile de sentencias arbitrales extranjeras, en libro “Una vida
en la Universidad de Chile: celebrando al Profesor Antonio Bascuñán Valdés(Thomson Reuters, 2014), p. 1
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distintos modelos normativos y haciendo un análisis crítico acerca de la necesidad de someter
los laudos arbitrales a exequátur, práctica que, a la fecha, se sigue llevando a cabo, en
circunstancias que esto resulta cuestionable a la luz de la regulación de la Ley 19.971.
Para lograr esto, en el primer capítulo, se abordará de manera general el derecho a la
tutela judicial efectiva en su reconocimiento constitucional y supranacional, para luego pasar
concretamente al derecho a la ejecución de resoluciones judiciales y, en particular, el derecho a
ejecutar las sentencias extranjeras, lo cual es necesario definir para luego abordar la ejecución
de laudos extranjeros en nuestro país.
En el segundo, se analizará el marco jurídico que rige hoy en día al reconocimiento y
ejecución de laudos arbitrales en Chile, comenzando por una breve explicación del Laudo
Arbitral, para luego puntualizar las diferentes normas que co nviven hoy en día para regular
dicha materia. Es así como se analizarán normas del Código de Procedimiento Civil, del
Convenio de Nueva York y de la Ley 19.971, para finalizar con una breve explicación del
procedimiento de exequátur ante la Corte Suprema. Todo este análisis de la regulación del
marco normativo para el reconocimiento y ejecución de un laudo en Chile es estrictamente
necesario para comprender la problemática central de la presente investigación.
Finalmente, en el capítulo tercero, se realizará un análisis crítico de dicha regulación,
para luego plantear la interrogante, a la luz de la normativa analizada, de si es el procedimiento
de exequátur necesario al día de hoy para que un laudo extranjero sea reconocido y, en
consecuencia, ejecutado en los tribunales nacionales. Para ello se expondrán las principales
razones por las cuales consideramos que dicho procedimiento no es un trámite necesario para
ejecutar un laudo extranjero en Chile y las consecuencias de dicha interpretación.
Posteriormente, se finalizará con un análisis de la posición que ha tenido la Corte Suprema
respecto a esta interrogante, además de su interpretación respecto a la primacía de normas
relativas al reconocimiento y ejecución de laudos.
II. TUTELA JUDICIAL Y EL DERECHO A LA EJECUCIÓN DE SENTENCIAS
1. La tutela judicial efectiva
Dentro de todo sistema procesal, la persona es el eje sobre el cual este se construye,
aquellos que impulsan el proceso y ponen en movimiento el procedimiento para perseguir la
defensa de sus derechos e intereses legítimos, ya sea porque estos han sido menoscabados,
restringidos o suprimidos, tanto por otras personas como por el Estado. Si bien los sujetos
pueden dirimir sus conflictos o resolver sus intereses con el uso de la autotutela, el Estado
ofrece este sistema procesal que permite obtener una tutela jurídica de sus intereses, siendo la
única vía legítima en el marco de un Estado de Derecho.
De esta manera, cualquier persona que considera que un interés suyo de relevancia
jurídica no ha sido respetado, mantiene su capacidad de iniciativa para actuar en la tutela de su
propio interés. Así, a cambio de la renuncia al ejercicio de su autotutela en el Estado moderno,

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