Registro de asistencia. Sistema especial.personal de aseo.Ordinario Nº1651/015, De 06.05.2014 - Núm. 12, Junio 2014 - Manual ejecutivo laboral - Libros y Revistas - VLEX 702224565

Registro de asistencia. Sistema especial.personal de aseo.Ordinario Nº1651/015, De 06.05.2014

Páginas139-141
Los Derechos
Fundamentales
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a la consulta planteada, examinar las causales de término de la relación laboral
contempladas en el artículo 72 del Estatuto Docente, para los profesionales de la
educación por cuya situación se consulta.
Al respecto, dicha norma legal, contempla en su letra d), la causal de “término del
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causal de cese de la relación laboral del director de un establecimiento educacional
por vencimiento del período de cinco años del nombramiento en el cargo, es similar
a la establecida en la citada letra d).
No obstante ello, cabe precisar que, tratándose del término del período de contrato
del director de un establecimiento educacional, el artículo 34 B del Estatuto Docente,
antes transcrito y comentado, contempla una regulación especial respecto a los
efectos que dicha causal acarrea para el docente, otorgándole el derecho a percibir
una indemnización por años de servicio cuyo monto y condiciones son diferentes
según si pertenecía o no a la respectiva dotación antes de asumir el cargo de director,
a diferencia de la prevista en la letra d), del artículo 72 del mismo cuerpo legal, que
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Lo anterior, considerando que la incorporación a la dotación docente del profesional en
el cargo de director fue en calidad de titular al haber ingresado por concurso público,
a diferencia de los demás docentes que suscriben con la empleadora contratos a
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la dotación.
En consecuencia, sobre la base de las disposiciones legales citadas y consideraciones
formuladas, cumplo en informar a Ud. que resulta procedente asimilar la causal
de término del contrato de trabajo del director de un establecimiento educacional
dependiente de una Corporación Municipal por término del período de su
nombramiento, de acuerdo a lo previsto en el artículo 34-B del mismo cuerpo legal,
a la causal prevista en la letra d) del artículo 72 del Estatuto Docente. Lo anterior sin
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Saluda a Ud.,
CHRISTIAN MELIS VALENCIA
ABOGADO
DIRECTOR DEL TRABAJO
3.- REGISTRO DE ASISTENCIA. SISTEMA ESPECIAL. PERSONAL DE ASEO.
MATERIA: El dispositivo de control de asistencia y determinación de las horas
de trabajo que desea comercializar la empresa Victoria S.A., de acuerdo a los
antecedentes expuestos en su presentación, se ajustaría a las exigencias establecidas
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y regula procedimiento para establecer un sistema opcional de control de asistencia y
determinación de las horas de trabajo para los trabajadores que laboran en empresas
de servicios de aseo, en la medida que su implementación sea realizada en los
términos indicados en el presente informe.
ORDINARIO Nº1651/015, DE 06.05.2014
Jurisprudencia de la
Dirección del Trabajo

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