Registro especial asistencia y determinación horas de trabajo; ordinario n°1317, de 31.03.2020 - Núm. 86, Agosto 2020 - Manual ejecutivo laboral - Libros y Revistas - VLEX 850287383

Registro especial asistencia y determinación horas de trabajo; ordinario n°1317, de 31.03.2020

AutorRicardo Garrido C.
Páginas105-107
ESTATUTO DOCENTE
105
Sin perjuicio de lo señalado, se recomienda modicar el orden de entrega de
nombres en los reportes exigidos en el N°1.7 del dictamen N°5849/133, exhibiendo
los resultados ordenados por trabajador y no por fecha, vale decir, señalar toda la
información de un trabajador para el rango de fechas seleccionado y luego pasar al
siguiente. Esto, por cuanto con la fórmula actual el software no entrega sumatoria de
horas por trabajador, sino que por grupos de ellos.
En el mismo sentido, especícamente respecto del reporte de domingos y festivos, la
información se debe entregar de acuerdo con las fechas indicadas en el calendario,
no agrupando los días feriados y luego los domingos, pues ello también impide que
el software genere un totalizador nal.
En conclusión, analizada la información acompañada a la luz de la jurisprudencia
administrativa invocada y consideraciones formuladas, cumplo con informar a usted
que el sistema de registro y control de asistencia presentado por la empresa AMF
Seguridad S.p.A., denominado “Sistema automatización de identidad V10.1.2”, se
ajusta a todas las exigencias establecidas por los dictámenes Nºs.1140/027, de
24.02.2016 y 5849/133, de 04.12.2017, por lo que se autoriza su utilización en el
contexto de la relación laboral.
Saluda atentamente a Ud.,
SONIA MENA SOTO
ABOGADA
JEFA (S) DEPARTAMENTO JURÍDICO Y FISCAL
DIRECCIÓN DEL TRABAJO
3.- REGISTRO ESPECIAL ASISTENCIA Y DETERMINACIÓN HORAS DE TRABAJO;
MATERIA: El sistema de registro y control de asistencia denominado “HumanForce
Control de Asistencia”, presentado por la empresa Automatiza S.p.A., no se ajusta
a todas las exigencias establecidas por los dictámenes Nº1140/027 de 24.02.2016
y N°5849/133 de 04.12.2017, por lo que no se autoriza su utilización en el contexto
de la relación laboral. Sin perjuicio de lo anterior, la compañía recurrente puede
volver a presentar su solicitud una vez subsanadas las observaciones señaladas
en el presente informe.
ORDINARIO N°1317, DE 31.03.2020
Se ha solicitado un pronunciamiento de este Servicio, a n de determinar si el sistema
de registro y control de asistencia que presenta, denominado “HumanForce Control de
Asistencia”, y su respectivo proceso de vericación, se ajustan a las exigencias que
sobre la materia establecen los dictámenes Nºs.1140/027, de 24.02.2016 y 5849/133,
de 04.12.2017.
Ahora bien, a n de validar el cumplimiento de las indicadas exigencias, la solicitante
acompañó informe de certicación emitido por la empresa ST Computación, no se
indica Rut, sin rma del responsable del proceso.
JURISPRUDENCIA SELECCIONADA
DE LA DIRECCIÓN DEL TRABAJO

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