Registro especial asistencia y determinación horas de trabajo; ordinario n°1311, de 31.03.2020
Autor | Ricardo Garrido C. |
Páginas | 115-115 |
ESTATUTO DOCENTE
115
9.- REGISTRO ESPECIAL ASISTENCIA Y DETERMINACIÓN HORAS DE TRABAJO;
MATERIA: La documentación técnica que respalda el sistema de registro y control
de asistencia presentado por la empresa Ideal Chile S.A., denominado “Asistencia
Local”, no satisface los requisitos mínimos necesarios para emitir el pronunciamiento
solicitado. Lo señalado, no obsta a que una vez corregida la omisión señalada sea
reingresado para su revisión y eventual autorización.
ORDINARIO N°1311, DE 31.03.2020
Han solicitado un pronunciamiento de este Servicio, a n de determinar si el sistema
de registro y control de asistencia que presenta, denominado “Asistencia Local”, y su
respectivo proceso de vericación, se ajustan a las exigencias que sobre la materia
establecen los dictámenes Nºs.1140/27, de 24.02.2016 y 5849/133, de 04.12.2017.
Ahora bien, a n de validar el cumplimiento de las indicadas exigencias, la solicitante
acompañó informe de certicación emitido por la empresa Veltec Informática y Cía.
Ltda., Rut N°76.201.051-8, suscrito por el Sr. Marcial Navarro Salinas.
En tal contexto, es del caso señalar que los antecedentes acompañados fueron
sometidos al pertinente análisis técnico, a n de vericar el cumplimiento de la
normativa administrativa precitada.
Como resultado de dicho proceso, es dable informar a usted que la documentación
técnica acompañada carece casi totalmente de evidencias lo que, a su vez, impide
determinar el cumplimiento de los ítems que se certican.
Sin perjuicio de lo señalado, es del caso indicar, además, que el portal de scalización
presentado no es un sitio seguro (HTTPS), por lo que no cumple con el respectivo
protocolo exigido en el párrafo 2° del N°7 del dictamen N°1140/27.
En conclusión, analizada la información acompañada a la luz de la jurisprudencia
administrativa invocada y consideraciones formuladas, cumplo con informar a usted
que la documentación técnica que respalda el sistema de registro y control de
asistencia propuesto por la empresa Ideal Chile S.A., denominado “Asistencia Local”,
no cumple los requisitos mínimos de admisibilidad necesarios para proceder a su
análisis por parte de este Servicio. Lo señalado, no obsta a que una vez corregidas
las observaciones señaladas sea reingresado para su revisión y eventual autorización.
Saluda atentamente a Ud.,
SONIA MENA SOTO
ABOGADO
JEFA (S) DEPARTAMENTO JURÍDICO Y FISCAL
DIRECCIÓN DEL TRABAJO
JURISPRUDENCIA SELECCIONADA
DE LA DIRECCIÓN DEL TRABAJO
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