Reglas sobre la sucesión intestada - 1ª Parte. La sucesión por causa de muerte - Derecho sucesorio - Libros y Revistas - VLEX 834732341

Reglas sobre la sucesión intestada

AutorRubén Celis Rodríguez - Eric Andrés Chávez Chávez
Páginas65-66
Derecho Sucesorio
65
Capítulo VIII
REGLAS SOBRE LA SUCESIÓN INTESTADA
CONCEPTO.
Es la transmisión que hace la ley de los bienes, derechos y
obligaciones transmisibles de una persona difunta. Es aquella que regla el
legislador interpretando la voluntad del causante.
Y la regla en los tres casos que indica el art.980 del Código Civil:
1.- Cuando el difunto no dispuso de sus bienes.
2.- Cuando si dispuso, no lo hizo conforme a derecho.
3.- Cuando la disposición no ha tenido efecto. (Título II, Libro III,
art.980 y Ss., del Código Civil).
VEAMOS:
1.- EL DIFUNTO NO DISPUSO DE SUS BIENES.
Puede en este caso presentarse:
a) Cuando no ha hecho testamento; que será lo más frecuente o
hizo, pero lo revocó.
b) Cuando hace testamento, pero en él no dispone de sus bienes
(por ejemplo: para nombrar partidor, albacea, guardador, reconocer a un
hijo no matrimonial, etc.).
c) Puede que el testador se limite sólo a instituir legados, en cuyo
caso los herederos lo sucederán abintestato.
2.- EL DIFUNTO DISPUSO DE SUS BIENES PERO NO LO HIZO
CONFORME A DERECHO.
Por ejemplo: testamento nulo o que viola las asignaciones forzosas y
es atacado por la acción de reforma.
3.- DISPUSO DE SUS BIENES PERO SUS DISPOSICIONES NO HAN
TENIDO EFECTO.
Por ejemplo. Si el heredero testamentario repudia la herencia, o era
incapaz o indigno y, en general, siempre que el asignatario testamentario
falte y no lleve su asignación. En su reemplazo concurrirán los herederos
abintestato, salvo que opere el acrecimiento. Si la asignación es condicional
y falla la condición, si es suspensiva; o se cumple, si es resolutoria.

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