Relevancia de la sede arbitral y criterios que determinan su elección - Núm. 16, Julio 2011 - Revista Chilena de Derecho Privado - Libros y Revistas - VLEX 651329033

Relevancia de la sede arbitral y criterios que determinan su elección

AutorMaría Fernanda Vásquez Palma
CargoDoctora en Derecho, Universidad Complutense de Madrid
Páginas75-134
Artículos de doctrina
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JU L I O 2011 RE L E V A N C I A D E L A S E D E A R B I T R A L Y C R I T E R I O S Q U E D E T E R M I N A N S U E L E C C I Ó N
RELEVANCIA DE LA SEDE ARBITRAL
Y CRITERIOS QUE DETERMINAN
SU ELECCIÓN*
IMPORTANCE OF ARBITRAL SEAT
AND CRITERIA
FOR VENUE SELECTION
RELEVÂNCIA DA SEDE ARBITRAL
E CRITÉRIOS QUE DETERMINAM
SUA SELEÇÃO
María Fernanda Vásquez Palma**
RE S U M E N
El presente trabajo revisa el tema de las sedes de arbitraje comerciales
internacionales desde una óptica general, profundizando en el debate exis-
tente sobre su actual importancia y los criterios que debieran considerarse
en su elección.
Palabras claves: sedes arbitraje comercial internacional, importancia,
efectos, criterios.
Revista Chilena de Derecho Privado, Nº 16, pp. 75-134 [julio 2011]
* Este trabajo se inserta en el proyecto FONDECYT Nº 11090227, titulado “Chile
como sede de arbitrajes comerciales internacionales. Oportunidades y amenazas para
la implementación de la nueva ley de arbitraje comercial internacional, a la luz de la
expe riencia comparada”, del que la autora es investigadora responsable. Agradezco al
Instituto Max Planck por permitirme realizar una estancia de investigación en su sede
de Hamburgo, que ha sido crucial para el desarrollo del presente artículo (noviembre de
2010-Alemania).
** Doctora en Derecho, Universidad Complutense de Madrid. Profesora de Derecho
Comercial y Derecho Internacional Privado, Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales,
Universidad de Talca. Dirección postal: avenida Lircay s/n, Universidad de Talca, Facultad
de Ciencias Jurídicas y Sociales, Talca, Chile. Artículo recibido el 29 de septiembre de 2010
y aceptado para su publicación el 21 de marzo de 2 011. Correo electrónico: mfvasquez@
utalca.cl
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María Fernanda Vásquez Palma RChDP Nº 16
Artículos de doctrina
AB S T R A C T
This paper reviews the topic of international commercial arbitration places
from a general perspective, penetrating into the existing debate on his cu-
rrent importance and the criteria that must be considered in his choice.
Keywords: International commercial arbitration places, Importance, Effects,
Criteria.
RESUMO
O presente trabalho revisa o tema das sedes de arbitragem comerciais
internacionais desde uma óptica geral, aprofundando no debate existente
sobre sua atual importância e os critérios que deveriam ser considerados
na sua seleção.
Palavras chaves: sedes arbitragem comercial internacional, importância,
efeitos, critérios.
1. IN T R O D U C C I Ó N A L A P R O B L E M Á T I C A
Superada la tendencia de desconf‌ianza que impregnó durante años a las
legislaciones latinoamericanas en materia de arbitraje1, la mayor parte de
ellas, desde la década de l990, se apresuró en fortalecerlo en el ámbito co-
mercial internacional con el objetivo de brindar un marco jurídico adecuado
y convertirse de paso en sedes arbitrales. En tal escenario, la adopción de
una ley moderna constituía la llave para integrarse a este campo de acción
y promover un ambiente favorable al uso del arbitraje como medio de
1 Jean KL E I N H E I N S TE R K A M P , Internacional Commercial Arbitration in Latin América, United
States of América, Oceana Publications, Inc., 200; Fern ando CA N T U A R I A S SA L A V E R R Y ,
“Problemática general de la práctica del arbitraje internacional en Latinoamérica”, artículo
presentado en el panel “Arbitration Developments in Latin América”, New York State Bar
Association, International Law and Practice Section, Santiago, nov. 2004, disponible en
http://www.upc.edu.pe/bolson/0/0/3/33/142/FC6.doc; Marvin GO L D M A N , “El arbitraje
comercial en las Américas”, en Técnicas Financieras; vol. 8, mayo-junio, 1969, pp. 496-520 y
Yaritza PÉ R E Z PA C H E C O , “Los aportes de la conferencia especializada interamericana sobre
Derecho Internacional Privado en materia de arbitraje internacional”, en Boletín Mexicano
de Derecho Comparado, año X L I , Nº121, enero-abril de 2008, pp. 357-384, quien da cuenta de
la evolución del arbitraje en el sistema interamericano; J.L. SI Q U E I R O S , El arbitraje comercial
internacional. La experiencia latinoamericana, México, Ed. Porrúa, 1999.
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solución de diferencias internacionales2. Tal actuar desató lo que se deno-
minó una verdadera “f‌iebre” de arbitraje3 en dichas normativas, aunque
sin seguir los mismos postulados4.
Chile no ha sido una excepción en la materia, pues desde hace algunos
años decidió adherirse al modelo paradigmático existente sobre el arbitraje
comercial internacional, a partir de la publicación de la ley Nº 19.971 de
20045, que sigue de cerca la LMU de 19856. Esta norma fue creada por el
legislador no sólo para llenar un vacío existente en esta materia sino, prin-
cipalmente, con miras a convertirse en una importante sede arbitral en la
región7. El primer objetivo se ha conseguido, sin lugar a dudas; el segundo,
en cambio, no ha podido concretarse, pues, a pesar de la publicación de la
ley, la realidad nos muestra que aún estamos lejos del pretendido sitial.
¿Qué necesita Chile para convertirse en una sede atractiva de arbitraje
comercial internacional?, es la pregunta que emerge y la que nos hemos
2 Sobre los intereses que motivaron esta modif‌icación, véase, entre otros: Guillermo
PA L A O MO R E N O , “Nuevas tendencias en materia de arbitraje comercial internacional en
América Latina”, en S. BA R O N A VI L A (coord.), Arbitraje y justicia en el siglo X X I , Madrid, 2007,
pp. 212-213; Bernardo CR E M A D E S y David CA I R N S , “El arbitraje en la encrucijada entre la
globalización y sus detractores”, en RCEA, 2002, pp. 15-61. Sobre la acogida del arbitraje
en Latinoamérica y los posibles puntos de fricción, véase Rubén SA N T O S BE L A N D R O , “ Se ha
instalado un provechoso quid quo en los Estados Latinoamericanos respecto del arbitraje”,
en Revista Vasca de Derecho Procesal y Arbitraje, tomo X V I , mayo 2004, pp. 427-433.
3 México fue el primer país que adoptó la ley modelo de 1985 en 1993 (decreto de 1993
que modif‌ica el Código de Comercio), luego lo harán Guatemala (decreto Nº 67 de 1995); Brasil
(ley Nº 9.037 de 1996, sobre arbitraje); Costa Rica (ley Nº 7.727 de 1997, sobre resolución
de conf‌lictos y promoción de la paz social); Bolivia (ley Nº 1.770 de 1997 de arbitraje y
con ciliación); Ecuador (ley RO/145 de 1997);Venezuela (Ley de Arbitraje Comercial de
1998); Colombia (decreto Nº 1818 de 1998, por medio del cual se expide el estatuto de
los mecanismos alternativos de resolución de disputas); Panamá (decreto Nº 5 de 1999,
que establece el régimen general de arbitraje); El Salvador (decreto Nº 914 de 2002, Ley
de Mediación, Conciliación y Arbitraje); Paraguay (ley Nº 1.879 de 2002, de medios de
re solución de conf‌lictos); Nicaragua (ley Nº 54 0 de 2005, Ley de Mediación y Arbitraje).
4 Véase sitio C NUDMI: http://www.uncitral.org. Para Guillermo Palao Moreno,
se p odrían dividir las legislaciones entre aquéllas que siguen de cerca la LMU (Chile,
Guatemala, México, Nicaragua), de las restantes que se ha distanciado sensiblemente de
aquélla, (n. 2), pp. 215-216.
5 Publicada en el Diario Of‌icial el 29 de septiembre de 2010.
6 Véase http://www.uncitral.org/uncitral/es/uncitral_texts/arbitration/1985Model_
arbitratio.html.
7 Véase historia de la ley Nº 19.971 http://www.bcn.cl. A mayor abun damiento, debemos
destacar el hecho de que Chile abriga desde hace un par de décadas una auspiciosa apertura
económica internacional, suscribiendo a estos efectos sendos TLCs, APPIs y una generalidad
de contratos comerciales internacionales, todos ellos con inclusión de cláusulas arbitrales,
por lo que los resultados propuestos en esta investigación, serán cruciales para el desarrollo
y conf‌ianza de esta institución en sede mercantil.

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