Resolución ex. SII nº 120, de 07.12.2017 Reemplaza Procedimiento Para Determinar el Avalúo Fiscal de Bienes Raíces Acogidos al Régimen de Copropiedad Inmobiliaria Establecido en la ley Nº 19.537.
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MANUAL EJECUTIVO TRIBUTARIO
3.- RESOLUCIÓN EX. SII Nº 120, DE 07.12.2017
REEMPLAZA PROCEDIMIENTO PARA DETERMINAR EL AVALÚO FISCAL DE
BIENES RAÍCES ACOGIDOS AL RÉGIMEN DE COPROPIEDAD INMOBILIARIA
ESTABLECIDO EN LA LEY Nº 19.537.
Hoy se ha resuelto lo que sigue: VISTOS: Lo dispuesto en el número 1 de la letra
A del artículo 6° del Código Tributario; en los artículos 3° y 29 de la Ley N° 19.537,
sobre Copropiedad Inmobiliaria; en el artículo 19 N° 3 de la Ley N° 19.880, sobre
Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de
la Administración del Estado; y en el número 3° del artículo 16 de la Ley N°17.235
sobre Impuesto Territorial.
CONSIDERANDO:
1°) Que, conforme a lo prescrito en el artículo 3° de la Ley N° 19.537, de 1997, sobre
Copropiedad Inmobiliaria, el derecho que corresponda a cada unidad sobre los bienes
de dominio común se determinará en el reglamento de copropiedad, atendiéndose,
para jarlo, al avalúo scal de la respectiva unidad;
2°) Que, en cumplimiento a lo dispuesto en el numeral anterior, el Servicio de
Impuestos Internos instruyó el procedimiento para el cálculo del avalúo scal de la
edicación de cada unidad acogida al régimen de la Ley N° 19.537, sobre Copropiedad
inmobiliaria, mediante Circular N° 28 de 1998;
3°) Que, mediante Circular N° 33 del año 2013, modicada por Circular N° 51 de 2016,
el Servicio de Impuestos Internos actualizó las instrucciones relativas al procedimiento
relacionado con la declaración de cálculo del avalúo scal de la edicación de
cada unidad de los bienes raíces acogidos al régimen de copropiedad inmobiliaria
establecido en la Ley N° 19.537, sobre Copropiedad Inmobiliaria;
4°) Que, mediante Circular N° 68 del año 2014, el Servicio de Impuestos Internos
complementó la Circular N° 33, de 2013, respecto al procedimiento para determinar
el avalúo scal de bienes raíces acogidos al régimen de Copropiedad Inmobiliaria,
en conformidad a las modicaciones introducidas por la Ley N° 20.741 a la Ley
N° 19.537, sobre Copropiedad Inmobiliaria;
5°) Que, atendido el desarrollo del acceso a internet y los avances de las tecnologías
de información en los últimos años, es posible que los propietarios de los inmuebles
que se acogerán al régimen de la Ley N° 19.537, declaren online el cálculo del avalúo
scal de la edicación terminada de cada unidad acogida a la Ley de Copropiedad
Inmobiliaria, instruido mediante Circular N° 33, del año 2013 y Circular N° 68 del
año 2014;
6°) Que, mediante la Resolución Exenta SII N° 0234, de fecha 12.01.2000, y sus
modicaciones posteriores, se instruyó a los Conservadores de Bienes Raíces
respecto a la remisión a este Servicio de una copia de los reglamentos de copropiedad
que se inscriban en el Registro de Hipotecas y Gravámenes de sus respectivas
jurisdicciones;
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