Resolución Exenta SII N° 115 del 15 de Octubre del 2019 Deja sin efecto Resolución Exenta SII N° 111, de 22 de septiembre de 2008, por las razones que indica - Núm. 78, Diciembre 2019 - Manual ejecutivo tributario - Libros y Revistas - VLEX 845552856

Resolución Exenta SII N° 115 del 15 de Octubre del 2019 Deja sin efecto Resolución Exenta SII N° 111, de 22 de septiembre de 2008, por las razones que indica

AutorGabriel Alvarado V
CargoDirector Responsable. Contador Auditor
Páginas235-237
235
DEVOLUCIÓN DE CREDITO FISCAL IVA A EXPORTADORES
2° Condónense los intereses y multas por el retardo en la declaración y pago de los
 
79, 84 y 91 de la Ley sobre Impuesto a la Renta, contenida en el artículo primero del
Decreto Ley N° 824, de 1974, a los contribuyentes señalados en el resolutivo anterior.
  
 

Impuestos Internos y se aplicarán de forma automática, esto es, se otorgarán en
línea, al momento del envío de la declaración respectiva, dentro de un plazo que no
podrá exceder más allá del 31 de octubre de 2019.
5° La presente Resolución entrará en vigencia a contar del día 21 de octubre de
2019, inclusive.
ANÓTESE, COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE EN EXTRACTO EN EL DIARIO
OFICIAL.
CAROLINA SARAVIA MORALES, SUBDIRECTORA DE FISCALIZACIÓN (S)

7.- RESOLUCIÓN EX. SII N° 115, DE 15.10.2019 (D.O. DE 18.10.2019)
DEJA SIN EFECTO RESOLUCIÓN EXENTA SII N° 111, DE 22 DE SEPTIEMBRE
DE 2008, POR LAS RAZONES QUE INDICA.
Santiago, 15 de octubre 2019
Hoy se ha resuelto lo que sigue:
VISTOS: Lo dispuesto en el artículo 13 del Decreto Ley N° 701, de 1974, sobre
Fomento Forestal, el artículo 35 de la Ley N° 20.283, el Cuadro Anexo “Nómina
de exenciones al Impuesto Territorial”, Párrafo I letra B) N° 13 de la Ley N° 17.235,
sobre Impuesto Territorial; lo indicado en el artículo 6°, la letra A, N° 1, del Código
Tributario, lo establecido en las letras a) y b) del artículo 7° de la Ley Orgánica del
Servicio de Impuestos Internos, contenida en el D.F.L. N° 7, de 1980, del Ministerio
de Hacienda, y lo dispuesto en la Resolución Exenta de este Servicio N° 21, de 2004.
CONSIDERANDO:
1º) Que, la Ley N° 17.235 en su Cuadro Anexo “Nómina de exenciones al Impuesto
Territorial”, Párrafo I letra B) N° 13 establece que se encuentran exentos del 100%
del Impuesto Territorial los terrenos que cumplan con las disposiciones del Decreto
Ley N° 701, de 1974, sobre Fomento Forestal.
2º) Que, el artículo N° 13 del D.L. 701, de 1974, sobre Fomento Forestal, establece
        
         
Territorial que grava los terrenos agrícolas. Esta exención, respecto de los bosques

NORMATIVA TRIBUTARIA

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR