Revocación de sistemas excepcionales autorizados - Núm. 36, Junio 2016 - Manual ejecutivo laboral - Libros y Revistas - VLEX 704277569

Revocación de sistemas excepcionales autorizados

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Manual EjEcutivo La bor aL
VII. REVOCACIÓN DE SISTEMAS EXCEPCIONALES AUTORIZADOS
El Director(a) Regional del Trabajo estaráfacultado pararevocar cualquier
resolución autorizada de un sistema excepcional de distribución de la jornada de
trabajoydescansoscuando,mediantescalización, se detectase que alguna de las
circunstanciasdeclaradasporelempleadorensusolicitud,nosean efectivasolas
mismassufran alteraciones, ycon elloseincumplan loscriteriosy requisitos que
permitieron otorgar tal autorización, sinperjuiciodelassanciones administr ativas
que correspondan a cada uno de los incumplimientos detectados.
VIII. ADECUACIONES AL SISTEMA INFORMATICO
Conel objetode facilitar yhomogenizar la actuacióndela Dirección del Trabajo
en lo queconciernealconjuntodeobligacionesquelaleyleentregaaesteServicio
sobre normas relativas a sistemas excepcionales de distribucióndelajornadade
trabajoydescansos,se realizaránlasadecuacionesnecesariasenlossistemas
informáticosandedar adecuadacuenta delas distintasactuaciones quecorres-
ponderealizaralosfuncionarios,loquecorresponderárealizaralDepartamentode
TecnologíasdeInformaciónenconjuntoconlaDivisióndeInspección.
Envirtuddeloanterior,seincorporaráenelsistema informático DTPlus un módulo
especial,elquecontendrálasaplicacionesnecesariasparallevaracabolaconfección,
tramitación y administración de documentación relativa a las solicitudes y renovacio-
nesdesistemasexcepcionalesdedistribucióndelajornadadetrabajoydescansos.
IX. DEROGACIONES Y VIGENCIA
ApartirdelaentradaenvigenciadeestaOrdendeServicioquedasinefectotodaotra
instrucciónadministrativaquedigarelaciónconlamateriaobjetodeestaregulación,
enespecialelOcioCircularNº4, de 12 de febrero de 1985, la Orden de Servi-
cio Nº 6, del 18.07.2005, la Orden de Servicio N° 1, del 19.03.2004, la Orden
de Servicio Nº 2, del 13.04.2004, la Orden de Servicio N° 3, del 29.04.2002, así
como tambiénlosformulariossolicitudymodelosde resolución existentes previos a
la entrada en vigencia de la presente Orden de Servicio.
La presente Orden de Servicio entrará en vigencia a contar del día 1º de febrero de
2010. Lassolicitudesenactualtramitaciónseajustarán al procedimiento administrativo
vigente a la época de su ingreso.

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