Corte de Apelaciones de San Miguel, 23 de mayo de 2001. Aros Alvarado, Ricardo (apelación) - Núm. 2-2001, Abril 2001 - Revista de Derecho y Jurisprudencia y Gaceta de los Tribunales - Libros y Revistas - VLEX 226902078

Corte de Apelaciones de San Miguel, 23 de mayo de 2001. Aros Alvarado, Ricardo (apelación)

Páginas103-105

La Corte revocó el fallo apelado en la parte que rechazó la indemnización por daño moral y negó el aumento del veinte por ciento de la indemnización por años de servicios, confirmándola en lo demás.

  1. de A., rol 364-00.


Page 103

La Corte, conociendo del recurso de apelación:

Vistos:

Se reproduce la sentencia en alzada, con excepción de sus fundamentos séptimo, undécimo, décimo tercero, décimo cuarto, décimo quinto, décimo sexto, la parte final del décimo desde las palabras "...y que...", y la parte final del décimo octavo desde la oración que se inicia "..., sin el aumento...", todo lo cual se elimina.

Y se tiene en su lugar presente:

Primero: Que los testigos señores Jorge Rodrigo Manzano Luengo y José Antonio Herrera Castro, examinados legalmente, dando razón de sus dichos, de modo conteste afirmaron haber estado presentes en el lugar de los hechos el día del accidente y aseguraron que al actor, que laboraba en el embalaje de los productos, le fue ordenado realizar el trabajo de limpieza de una máquina enfriadora de productos, la que para su aseo y desprendimiento de restos adheridos debe ser desarmada en algunas de sus piezas, necesitándose herramientas y preparación especiales. Los testigos también señalaron que el actor no contaba con capacitaciónPage 104para esta labor, que este trabajo siempre era ejecutado por un grupo especial de mantención de dos o tres personas, y que el día del accidente debió realizarlo solo.

Segundo: Que el testigo Jorge Alejandro Godoy Luna, quien se desempeñaba como jefe de turno en la empresa de la demandada, afirmó que todos los trabajadores estaban capacitados para hacer cualquier trabajo, entre ellos el que el día del accidente se encomendó al demandante, señala que los trabajadores saben que la limpieza debe hacerse con la máquina detenida, motivo por el cual el accidente se produjo por culpa del trabajador que la puso en movimiento para desprender material trabado.

Los restantes testigos no se refirieron al origen de los hechos, sino que únicamente a sus consecuencias.

Tercero: Que del examen de las probanzas reunidas, examinadas conforme a las reglas de la sana crítica, resulta establecido que le fue ordenado al actor, Ricardo Aros Alvarado, limpiar una máquina en que se habían trabado sobres de "ketchup", no obstante que éste habitualmente trabajaba en el embalaje de productos y que carecía de capacitación adecuada a tal encargo, circunstancias en las que se le atoró el brazo izquierdo en los...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR