El Síndico - Tercera Parte. Examen sobre los Órganos de la Quiebra - El Derecho de Quiebras. Tomo II - Libros y Revistas - VLEX 350615162

El Síndico

AutorRafael Gómez Balmaceda - Gonzalo Eyzaguirre Smart
Páginas333-347
333
C A P Í TU L O II I
EL SÍNDICO
88. GENERALIDADES
El Título III de la ley está dedicado a la regulación de los síndicos
y en los diversos párrafos en que se divide la materia se ocupa
el legislador de la nómina nacional que han de integrar; de la
designación y asunción de sus cargos; de las atribuciones y debe-
res que tienen; de la cuenta que han de rendir y de la cesación
en sus cargos; de la remuneración a que tienen derecho, y de la
responsabilidad que contraen en el ejercicio de sus funciones.
El estudio pormenorizado de cada uno de estos acápites com-
prometería la idea inicial de reducir su enfoque a una síntesis
del rol que a ellos les incumbe en sus actuaciones como órgano
de la quiebra, por lo que debemos sacrificar su análisis para no
desviar el rumbo de este propósito.
89. FISONOMÍA JURÍDICA DEL SÍNDICO
El perfil que tiene la figura jurídica del síndico en la quiebra lo
ha dilucidado claramente el inciso primero del artículo 27 de la
ley, en cuanto declara que “El síndico representa los intereses
generales de los acreedores, en lo concerniente a la quiebra, y
representa también los derechos del fallido, en cuanto puedan
interesar a la masa, sin perjuicio de las facultades de aquellos y
de éste determinadas por la ley”.
Del significado que se le ha atribuido a su fisonomía legal se
desprende que el síndico ostenta la condición de ser el órgano

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