Codemandados solidarios (notificación a uno). Parte en la causa (demandado no notificado). Incidencia de nulidad (ajeno a la litis) - Obligaciones - Jurisprudencias esenciales. Derecho Civil. Tomo I - Jurisprudencias Esenciales. Derecho Civil - Libros y Revistas - VLEX 253344086

Codemandados solidarios (notificación a uno). Parte en la causa (demandado no notificado). Incidencia de nulidad (ajeno a la litis)

AutorRaúl Tavolari Oliveros
Cargo del AutorDirector
Páginas847-848

Page 847

  1. Suprema 20 de mayo de 1971

Corporación de Fomento de la Producción (recurso de queja)

La Corte:

Teniendo presente:

Que del expediente traído a la vista aparece: a) Que la Corporación de Fomento demandó conjuntamente a don Miguel Julia Cordero y a su madre doña Gustavina Cordero viuda de Julia en su calidad de codeudores solidarios; y b) Que de esta demanda ejecutiva fue requerida y notificada doña Gustavina Cordero, contra quien se ha seguido la ejecución, ya que don Miguel Julia, a pesar

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de haber sido buscado en dos ocasiones no fue encontrado para su requerimiento;

Que en estas condiciones la relación procesal del pleito se ha producido únicamente entre la parte demandante y doña Gustavina Cordero, no teniendo interés alguno en él, por ahora, el señor Julia y, en consecuencia, no ha podido solicitar la nulidad de lo obrado que pretende por su incidencia de fojas 46, sin perjuicio de que si fuese requerido, en su oportunidad oponga las excepciones que crea convenientes, o en su caso, pida no empecerle la tramitación seguida entre la Corporación de Fomento y su madre;

Que de lo anterior resulta, entonces, que al aceptar el Tribunal recurrido la incidencia de nulidad de lo obrado formulado por el referido Miguel Julia a fojas 46, ha causado un agravio al recurrente que esta Corte debe enmendar.

Y visto lo dispuesto en el...

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