Suspende temporalmentelos plazos en procesos de negociación colectiva y otros que indica - Núm. 83, Mayo 2020 - Manual ejecutivo laboral - Libros y Revistas - VLEX 845632153

Suspende temporalmentelos plazos en procesos de negociación colectiva y otros que indica

Páginas113-118
PROTECCION AL EMPLEO,
TELETRABAJO Y OTRAS NORMAS
113
2.- SUSPENDE TEMPORALMENTELOS PLAZOS EN PROCESOS DE
NEGOCIACIÓN COLECTIVA Y OTROS QUE INDICA
MENSAJE DE S.E. EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CON EL QUE SE INICIA
UN PROYECTO DE LEY QUE SUSPENDE TEMPORALMENTE LOS PLAZOS EN
PROCESOS DE NEGOCIACION COLECTIVA Y OTROS QUE INDICA.
Santiago, 13 de abril de 2020.-
MENSAJE Nº 034-368/
Honorable Senado:
A S.E. LA PRESIDENTA DEL H.SENADO.
Tengo el honor de someter a vuestra consideración un proyecto de ley que suspende
temporalmente los plazos en procesos de negociación colectiva y otros que indica.
I. FUNDAMENTO Y ANTECEDENTES
En diciembre de 2019 se detectó una nueva cepa del coronavirus, la que rápidamente
se convirtió en un brote mundial del virus denominado coronavirus-2 del síndrome
respiratorio agudo grave (SARS-CoV2), también conocido como la enfermedad
COVID-19.
Nuestro país ha sufrido los efectos de este virus y atendido el impacto que la
enfermedad ha producido a nivel económico, social y laboral, se ha hecho necesario
adoptar una agenda de emergencia orientada a aminorar tales efectos y apoyar el
resurgimiento del país una vez superada esta crisis.
Una de las primeras acciones adoptadas se concretó el día 18 de marzo de 2020.
En virtud del decreto supremo N° 104, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública,
decretamos estado de excepción constitucional de catástrofe, por calamidad pública,
en el territorio de Chile, por 90 días. En este marco, nuestro Gobierno ha dispuesto
una serie de medidas para enfrentar la crisis.
Dentro de estas medidas, nuestro Gobierno envió al Congreso Nacional un proyecto
de ley recientemente aprobado con un amplio acuerdo, que corresponde a la ley N°
21.227, que faculta el acceso a prestaciones del Seguro de Desempleo de la ley N°
19.728, en circunstancias excepcionales, la que viene a otorgar un respiro a miles
de familias, especialmente a trabajadores y empleadores, que ven en esta ley una
posibilidad cierta de mantener vigentes sus vínculos laborales durante el período
que dure la presente crisis sanitaria derivada del Covid-19.
No obstante lo anterior, en el ámbito laboral, existen actuaciones que se han iniciado
o deberían iniciarse durante la vigencia del estado de excepción constitucional de
catástrofe, que requieren la comparecencia personal de los actores intervinientes,
la cual se ha visto limitada o restringida, considerando las medidas que hemos
adoptado en resguardo de todos quienes viven en nuestro país.
PROYECTOS DE LEY EN
TRAMITACIÓN LEGISLATIVA

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